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Resolución de 11 de enero de 2024, de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, por la que se corrigen errores y se modifica la de 15 de diciembre de 2023, por la que se modifican los anexos I y II de la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo, de 20 de enero de 1994, por la que se fijan modalidades de control sanitario de productos de comercio exterior destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización.

BOE-A-2024-898·18 de enero de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Dirección General de Salud Pública que corrige errores en la resolución del 15 de diciembre de 2023, la cual modificaba los anexos I y II de la Orden de 1994 sobre control sanitario de productos de comercio exterior para uso y consumo humano. Afecta a los servicios de inspección de sanidad exterior y a los recintos aduaneros habilitados. La corrección se centra en la forma de dar publicidad a las modificaciones de los anexos, especificando que se hará mediante la publicación de la Resolución en el BOE.

Advertidos errores en la Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, por la que se modifican los anexos I y II de la orden del Ministerio de Sanidad y Consumo, de 20 de enero de 1994, por la que se fijan modalidades de control sanitario de productos de comercio exterior destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización, se corrige el apartado Segundo de la citada resolución.

El apartado Segundo, queda redactado del siguiente modo:

Donde dice:

«Dar publicidad a los cambios en la lista de productos de consumo o uso humano procedentes de países o territorios terceros susceptibles de someterse a controles sanitarios a la introducción o importación en el territorio nacional por los Servicios de Inspección de Sanidad Exterior y a la lista de recintos e instalaciones designadas para el desarrollo de los referidos controles mediante su publicación en el “Boletín Oficial del Estado” como anexo I y II de esta resolución, que modifican los anexos I y II de la Orden de 20 de enero de 1994, respectivamente.»

Debe decir:

«Dar publicidad a las modificaciones introducidas en los anexos I y II de la Orden de 20 de enero de 1994, mediante la publicación de la Resolución en el “Boletín Oficial del Estado”.»

Madrid, 11 de enero de 2024.–El Director General de Salud Pública y Equidad en Salud, Pedro Gullón Tosio.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.