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Resolución de 11 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se adaptan determinadas características de la sede electrónica asociada de la Subdirección General de Emprendimiento y PYME del Ministerio de Industria y Turismo.

BOE-A-2025-12315·18 de junio de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Resumen de la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Industria y Turismo Este documento legal es una Resolución emitida por la Subsecretaría del Ministerio de Industria y Turismo, con fecha 11 de junio de 2025. Objeto Principal: Su objetivo principal es adaptar la dirección electrónica de la sede electrónica asociada a la Subdirección General de Emprendimiento y PYME del Ministerio de Industria y Turismo. Esta adaptación es necesaria debido a las recientes reestructuraciones ministeriales que han modificado la denominación del Departamento. A quién afecta: Esta resolución afecta principalmente a la Subdirección General de Emprendimiento y PYME, al Ministerio de Industria y Turismo, y a todos los ciudadanos y empresas que utilicen la sede electrónica para interactuar con esta Subdirección General. Disposiciones Relevantes: Cambio de Dirección Electrónica: La disposición más importante es el cambio de la dirección electrónica de la sede electrónica asociada de la Subdirección General de Emprendimiento y PYME, que pasa a ser: sedepyme.serviciosmin.gob.es. Base Legal: La resolución se basa en la Orden IET/842/2012, que crea la subsede electrónica, y en los Reales Decretos que reestructuran los departamentos ministeriales. Eficacia y Publicación: La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) y también se publicará en la sede electrónica asociada del Ministerio de Industria y Turismo. Justificación: La necesidad de esta resolución se justifica por las reestructuraciones ministeriales que han afectado la denominación del Ministerio, haciendo necesario actualizar la información de la sede electrónica. En resumen, la resolución busca mantener la sede electrónica actualizada y accesible, reflejando los cambios organizativos del Ministerio y garantizando que los usuarios puedan acceder a los servicios electrónicos de la Subdirección General de Emprendimiento y PYME sin confusión.

La Orden IET/842/2012, de 18 de abril, por la que se crea la subsede electrónica de la Subdirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa, establece en su artículo 5 la dirección de la subsede. En su disposición final primera, se establece la posibilidad de que, mediante Resolución de la Subsecretaría del Departamento publicada en el «Boletín Oficial del Estado», se adapten determinadas características de la subsede cuando deban modificarse. En concreto, se refiere a la dirección electrónica y a la denominación de los centros y organismos responsables, cuando deriven de reordenaciones organizativas.

Aprobadas las recientes reestructuraciones ministeriales mediante los Reales Decretos 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, modificando la denominación del Departamento, resulta necesario adaptar la subsede a tal modificación.

Así, en virtud de lo dispuesto en la disposición final primera de la Orden IET/842/2012, de 18 de abril, dispongo:

Primero. Objeto.

Se adaptan las características de la subsede electrónica a lo dispuesto en el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, en concreto:

«La dirección electrónica de referencia de la sede electrónica asociada de la Subdirección General de Emprendimiento y PYME, que aparece regulada en el artículo 5.1 de la Orden IET/842/2012, de 18 de abril, por la que se crea la sede electrónica en el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, pasará a denominarse: (sedepyme.serviciosmin.gob.es).»

Segundo. Publicación y eficacia.

1. La presente resolución surtirá eficacia a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Esta resolución se publicará en la sede electrónica asociada del Ministerio de Industria y Turismo.

Madrid, 11 de junio de 2025.–El Subsecretario de Industria y Turismo, Pablo Garde Lobo.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.