Visto el texto del Acta, de fecha 8 de abril de 2005, donde se recogen los acuerdos referentes a las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2004 del Convenio Estatal de la Industria de Elaboración del Arroz (Código de Convenio n.º 9900335), que fue suscrito con fecha 8 de abril de 2005, de una parte, por PYMEV-UNIADE y ANFA en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las Centrales Sindicales CC.OO. y UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve::
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de mayo de 2005.-El Director general, Esteban Rodríguez Vera.
ACTA DE REVISIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LA INDUSTRIA DEL ARROZ
Asistentes:
PYMEV-UNIADE: José Rovira.
Pascual Matoses.
ANFA: José Vte. Sanz (Herba). CC.OO.: Irene González.
Alonso Acosta. Rafael Moreno. Santiago Pérez. Ángel Soler.
UGT: Javier Jiménez.
Salvador Maravilla. Javier Fluixa. Joaquín Hurtado.
En Valencia, en los locales de PYMEV, siendo las 11:30 horas del 8 de abril de 2005, tiene lugar la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Industria de Elaboradores del Arroz, con la asistencia de las personas anteriormente relacionadas, para proceder a efectuar la revisión económica para 2004 y la confección de las tablas salariales para 2005 de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Convenio vigente.
1. En tal sentido se procede a aplicar un 3,45 por 100 (3,2 + 0,25) sobre las tablas definitivas de 2003 salvo el Plus Transporte que se incrementa en 0,50 euros, dando como resultado las tablas de 2004 definitivas que se adjuntan y sobre estas tablas resultantes se aplicará el incremento salarial para el año 2005, que es de un 2,75 por 100 (IPC previsto más 0,75 puntos).
2. Delegar en Ángel Soler Madrid, con DNI número 22.464.010, para que realice las gestiones necesarias para la inscripción del presente acuerdo. 3. Se adjuntan Tablas Salariales definitivas correspondientes a 2004 y Tablas Salariales provisionales correspondientes a 2005 para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Tabla salarial 2004 (definitiva)
(3,45 por100 sobre tablas salariales de 2003 definitivas, excepto Plus Transporte)
Categorías
Salario -
Euros
Personal técnico
Jefe de Sección
803,30
Oficial 1.ª
757,04
Oficial 2.ª
733,24
Telefonista
733,24
Auxiliar Administrativo
697,56
Botones
480,55
Personal de producción
Molero y Oficial 1.ª
25,25
Encargado
24,45
Conductor y Maquinista
23,80
Ayudante de Molero
23,53
Oficial Especialista
23,25
Oficial Esp. Carretillero
23,53
Peón Especialista
23,07
Peón
20,94
Personal subalterno
Portero
683,95
Vigilante
683,95
Vigilante Jurado
697,56
Ordenanza y Pers. Limp
653,45
Personal de oficios varios
Oficial 1.ª
25,24
Oficial 2.ª
23,53
Oficial 3.ª
23,25
Plus Convenio
4,73
por día trabajado
Plus Transporte
2,37
por día trabajado
Dietas:
Completa
6,49
Media
3,25
Plus cuarto turno
57,04
semanales
Jubilación voluntaria:
60 años
3.173,99
61 años
2.856,60
62 años
2.539,20
63 años
2.221,80
64 años
1.904,45
Tabla salarial 2005 (provisional)
(2,75 por 100 sobre tablas salariales de 2004 definitivas)
Categorías
Salario -
Euros
Personal técnico
Jefe de Sección
825,39
Oficial 1.ª
777,86
Oficial 2.ª
753,41
Telefonista
753,41
Auxiliar Administrativo
716,75
Botones
493,76
Personal de producción
Molero y Oficial 1.ª
25,94
Encargado
25,12
Conductor y Maquinista
24,46
Ayudante de Molero
24,18
Oficial Especialista
23,88
Oficial Esp. Carretillero
24,18
Peón Especialista
23,70
Peón
21,51
Personal subalterno
Portero
702,76
Vigilante
702,76
Vigilante Jurado
716,75
Ordenanza y Pers. Limp
671,42
Personal de oficios varios
Oficial 1.ª
25,94
Oficial 2.ª
24,18
Oficial 3.ª
23,88
Plus Convenio
4,86
por día trabajado
Plus Transporte
2,44
por día trabajado
Dietas:
Completa
6,66
Media
3,34
Plus cuarto turno
58,61
semanales
Jubilación voluntaria:
60 años
3.261,28
61 años
2.935,15
62 años
2.609,03
63 años
2.282,90
64 años
1.956,82