resolucionVigente

Resolución de 11 de mayo de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte.

BOE-A-2020-5165·20 de mayo de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Subsecretaría que publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una Adenda a un convenio previo de asistencia jurídica. El objeto principal de la Adenda es prorrogar por dos años más el Convenio de asistencia jurídica firmado el 24 de julio de 2018 entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado (AGE) y la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD). El convenio original, y por ende esta adenda, afecta directamente a la AGE, como proveedora de asistencia jurídica, y a la AEPSAD, como receptora de dicha asistencia. En última instancia, afecta a la Administración General del Estado y a la ciudadanía en general, ya que garantiza la correcta defensa jurídica de los intereses públicos relacionados con la protección de la salud en el deporte. Las disposiciones más relevantes son: Prórroga del Convenio: Se extiende la vigencia del convenio original por dos años adicionales, manteniendo todas las condiciones establecidas en el mismo. Efectividad: La adenda entra en vigor una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector público estatal y publicada en el BOE. Mantenimiento del Convenio Original:** Se reafirma que todas las cláusulas del convenio original de 2018 permanecen en vigor, excepto por la modificación de la fecha de finalización debido a la prórroga.

La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado y el Director de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte han suscrito una Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado) y la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 11 de mayo de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO

Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado) y la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte

En Madrid, a 24 de febrero de 2020.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. doña Consuelo Castro Rey, en su condición de Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 716/2018, de 29 de junio, BOE n.º 158; en virtud de Orden JUS/125/2019, de 5 de febrero, por la que se delegan competencias, actuando en nombre y representación de la Administración General del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, el Sr. don José Luis Terreros Blanco, actuando en nombre y representación de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, con domicilio social en Plaza de Valparaíso, 4, 28016 Madrid y NIF S2800578C, en su condición de Director, cargo para el que fue nombrado por Resolución de 13 de marzo de 2017 de la Presidencia de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (BOE de 15 de marzo de 2017).

MANIFIESTAN

Primero.

Que Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, y en el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, tiene actualmente suscrito un Convenio de asistencia jurídica, de fecha 24 de julio de 2018, con la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.

Segundo.

Que la cláusula quinta del Convenio de asistencia jurídica establece dos años como período de duración, así como la posibilidad de prorrogarse la vigencia del mismo como máximo por dos más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes de la finalización de dicho período de vigencia.

Es por ello que las partes

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar el Convenio de asistencia jurídica de 24 de julio de 2018, por dos años más, de conformidad con lo dispuesto en su cláusula quinta.

Segundo.

En todo lo demás el Convenio de asistencia jurídica suscrito entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte el 24 de julio de 2018, mantiene su vigencia.

Tercero.

La presente adenda surtirá efectos una vez sea inscrita en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector público estatal, y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman la presente Adenda, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados.–La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado, Consuelo Castro Rey.–El Director de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, José Luis Terreros Blanco.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.