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Resolución de 11 de mayo de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Autoridad Portuaria de Almería.

BOE-A-2020-5177·20 de mayo de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Subsecretaría que publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una Adenda a un convenio preexistente de asistencia jurídica. El objeto principal de la Adenda es modificar y prorrogar el Convenio de Asistencia Jurídica firmado el 4 de abril de 2018 entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado (en representación de la Administración General del Estado) y la Autoridad Portuaria de Almería. La Adenda afecta directamente a la Abogacía General del Estado y a la Autoridad Portuaria de Almería, estableciendo las condiciones bajo las cuales la Abogacía General del Estado continuará prestando asistencia jurídica a la Autoridad Portuaria. Las disposiciones más relevantes de la Adenda son: Prórroga del Convenio: Se prorroga el convenio original por dos años más, conforme a lo estipulado en su cláusula quinta. Modificación de la Cláusula Sexta: Se modifica el primer párrafo de la cláusula sexta del convenio original, que se refiere a la contraprestación económica que la Autoridad Portuaria debe abonar a la Abogacía General del Estado por la asistencia jurídica. Se especifica que la Autoridad Portuaria pagará 41.939,00 € anuales más IVA, divididos en tres pagos cuatrimestrales. Mantenimiento del resto del Convenio: Se establece que todas las demás cláusulas del convenio original permanecen vigentes. Entrada en vigor: La Adenda entrará en vigor una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector público estatal y publicada en el BOE. En resumen, la Adenda asegura la continuidad de la asistencia jurídica de la Abogacía General del Estado a la Autoridad Portuaria de Almería, actualizando las condiciones económicas y prorrogando la vigencia del acuerdo original.

La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado y el Presidente de la Autoridad Portuaria de Almería, han suscrito una Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado) y la Autoridad Portuaria de Almería.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida Adenda como Anexo a la presente Resolución.

Madrid, 11 de mayo de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO

Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado) y la Autoridad Portuaria de Almería

Madrid, 15 de abril de 2020.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. doña Consuelo Castro Rey, en su condición de Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 716/2018, de 29 de junio, BOE n.º 158; en virtud de Orden JUS/125/2019, de 5 de febrero, por la que se delegan competencias, actuando en nombre y representación de la Administración General del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, el Sr. don Jesús Caicedo Bernabé, actuando en nombre y representación de la Autoridad Portuaria de Almería, con domicilio social en Muelle de Levante, s/n, 04071 Almería y NIF Q0400106A, en su condición de Presidente, cargo para el que fue nombrado por Decreto 381/2019, de 19 de febrero de la Junta de Andalucía, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 8 de marzo de 2019, en virtud de la Orden FOM/261/2019, de 25 de febrero.

MANIFIESTAN

Primero.

Que la Autoridad Portuaria de Almería de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y en el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, tiene actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica, de fecha 4 de abril de 2018, con la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.

Segundo.

Para ajustar la redacción de una cláusula del Convenio al modelo tipo de convenio de asistencia jurídica que utiliza en la actualidad la Abogacía General del Estado- Dirección del Servicio Jurídico del Estado, se hace preciso modificar la misma.

Tercero.

Que la cláusula quinta del Convenio de Asistencia Jurídica establece dos años como período de duración, así como la posibilidad de prorrogarse la vigencia del mismo como máximo por dos años más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes de la finalización de dicho período de vigencia.

Es por ello que las partes

ACUERDAN

Primero.

La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Autoridad Portuaria de Almería, convienen en modificar y prorrogar el Convenio de Asistencia Jurídica suscrito entre ambas el 4 de abril de 2018.

Segundo.

Prorrogar el convenio de asistencia jurídica de 4 de abril de 2018, por dos años más, de conformidad con lo dispuesto en su cláusula quinta.

Tercero.

El primer párrafo de la cláusula sexta queda redactado como sigue:

«Como contraprestación por el servicio de asistencia jurídica a que se refiere el convenio, la Autoridad Portuaria satisfará a la Abogacía General del Estado- Dirección del Servicio Jurídico del Estado la cantidad anual de cuarenta y un mil novecientos treinta y nueve euros (41.939,00 €) más IVA, que se abonará por terceras partes correspondiendo a los períodos: enero-abril, mayo-agosto y septiembre-diciembre».

Cuarto.

En todo lo demás el Convenio de Asistencia Jurídica suscrito entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Autoridad Portuaria de Almería, mantiene su vigencia.

Quinto.

La presente adenda surtirá efectos una vez sea inscrita en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector público estatal, y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente la presente Adenda.–La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado, Consuelo Castro Rey.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Almería, Jesús Caicedo Bernabé.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.