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Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2024-20841·12 de octubre de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 11 de octubre de 2024 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Objeto principal: La resolución tiene como objeto la publicación de los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio en España. Estos precios han sido propuestos por los fabricantes e importadores de tabaco. A quién afecta: La resolución afecta directamente a: Fabricantes e importadores de labores de tabaco: Ya que sus propuestas de precios son las que se publican. Expendedurías de Tabaco y Timbre: Deben vender las labores de tabaco a los precios fijados en la resolución. Consumidores de tabaco: Los precios publicados determinan el costo que deberán pagar por las labores de tabaco. Disposiciones más relevantes: Fijación de precios: Se establecen listas de precios específicos para diferentes labores de tabaco, incluyendo los impuestos correspondientes. Ámbito geográfico: Se diferencian los precios para la Península e Islas Baleares de los precios para Ceuta y Melilla, reconociendo las diferencias fiscales y de mercado entre estas regiones. Entrada en vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Base legal:** La resolución se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que faculta al Comisionado para el Mercado de Tabacos a publicar los precios de venta al público de las labores de tabaco.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

Tercero.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de octubre de 2024.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.