resolucionVigente

Resolución de 11 de septiembre de 2009, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Política Social y los Departamentos de Salud y de Justicia de la Generalitat de Cataluña, para poner en marcha y evaluar actividades de prevención del VIH en centros penitenciarios.

BOE-A-2009-15315·26 de septiembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Política Social del gobierno de España y la Generalitat de Cataluña (a través de sus Departamentos de Salud y Justicia). Fue firmado el 10 de julio de 2009 y publicado el 11 de septiembre de 2009. El objeto principal del convenio es establecer un marco de colaboración para la puesta en marcha y evaluación de actividades de prevención del VIH en los centros penitenciarios de Cataluña. Esto se debe a que la Generalitat de Cataluña tiene competencias en materia penitenciaria en su territorio, y la colaboración tradicional entre la Administración Penitenciaria y la Administración Sanitaria del Estado no se extiende a los centros catalanes. El convenio afecta principalmente a la población reclusa en los centros penitenciarios de Cataluña, así como al personal penitenciario involucrado en la atención sanitaria, educación y trabajo social. También afecta a las organizaciones no gubernamentales que trabajan en estos centros. Las disposiciones más relevantes incluyen: El Ministerio de Sanidad y Política Social, a través de la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida, facilitará información, asesoramiento y colaboración a la Generalitat para la ejecución de las actividades preventivas. La Generalitat de Cataluña será responsable del desarrollo de las actividades, que incluyen programas de educación sanitaria e información sobre el VIH/sida, apoyo emocional y atención psicológica a internos VIH+, actividades para mejorar la adhesión al tratamiento antirretroviral, promoción de la participación de los internos en el diseño y evaluación de las intervenciones preventivas, talleres de teatro sobre el VIH/sida, e implementación de un programa de piercings y tatuajes higiénicos en un centro penitenciario. Se contempla la implementación y evaluación de programas de intercambio de jeringuillas (PIJ) en los centros penitenciarios de Cataluña. Se especifica una lista de centros penitenciarios catalanes donde se llevarán a cabo estas actividades. Se requiere que la Generalitat de Cataluña mencione la colaboración de la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida en los programas, materiales y actividades derivados del convenio.

Suscrito el 10 de julio de 2009, Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Política Social y la Administración de la Generalitat de Cataluña, mediante el Departamento de Salud y el Departamento de Justicia, para poner en marcha y evaluar actividades de prevención del VIH en centros penitenciarios, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de septiembre de 2009.–El Secretario General de Sanidad, José Martínez Olmos.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Política Social y la Administración de la Generalitat de Catalunya, mediante el Departamento de Salud y el Departamento de Justicia, para poner en marcha y evaluar actividades de prevención del VIH en centros penitenciarios

Madrid, 10 de julio de 2009.

REUNIDOS

De una parte, doña Trinidad Jiménez García-Herrera, Ministra de Sanidad y Política Social, nombrada por Real Decreto 559/2009, de 7 de abril (BOE 85 de 7 de abril de 2009), quien actúa en virtud de las facultades conferidas por el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración del Estado y,

De otra parte, doña Marina Geli i Fàbrega, Consejera de Salud de la Generalitat de Catalunya, y doña Montserrat Tura i Camafreita, Consejera de Justicia de la Generalitat de Catalunya, ambas nombradas por Decreto 423/2006, de 28 de noviembre (DOGC núm. 4771 - 29 de noviembre de 2006), quienes actúan en virtud de las facultades conferidas por el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya.

Ambas partes, reconociéndose mutua capacidad para obligarse y convenir de acuerdo con la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Cataluña, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y legislación concordante, en ejercicio de sus competencias respectivas.

MANIFIESTAN

I. Que en la pandemia de infección por el VIH continua siendo esencial en la lucha contra esta enfermedad potenciar y ampliar todos los programas y acciones que se hayan demostrado eficaces en el campo de la prevención, constituyendo los centros penitenciarios, por sus particularidades, el marco donde la acción preventiva tiene más posibilidades de éxito inmediato.

II. En el marco de las competencias de la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida (Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior) del Ministerio de Sanidad y Política Social se encuentra la coordinación de los diferentes programas desarrollados por las administraciones públicas para la prevención y control del VIH/sida, según lo dispuesto en el Real Decreto 592/1993, de 23 de abril. En este sentido, el Plan Multisectorial frente a la infección por VIH y el sida 2008-2012, aprobado por la Comisión Nacional de Coordinación y Seguimiento de Programas de Prevención del Sida el 13 de diciembre de 2007, prioriza los acuerdos interinstitucionales para potenciar los ámbitos de prevención en entornos específicos como el penitenciario.

III. Que por haber asumido la Generalitat de Catalunya las competencias en materia penitenciaria en su territorio, la colaboración establecida entre la Administración Penitenciaria y la Administración Sanitaria de la Administración General del Estado no alcanza a los centros penitenciarios de Cataluña, por lo que parece conveniente vehiculizar la aportación de la Administración Sanitaria a través de este Convenio de colaboración.

IV. Este Convenio se circunscribe al desarrollo conjunto de actividades de prevención del VIH y enfermedades transmisibles asociadas en los siguientes ámbitos de actuación:

Diseño, ejecución y evaluación de programas de prevención del VIH y enfermedades asociadas a desarrollar en los centros penitenciarios con la colaboración del personal penitenciario destinado en los sectores de sanidad, educación y trabajo social, en coordinación con las organizaciones no gubernamentales que trabajan en centros penitenciarios.

Seguimiento, ejecución y evaluación de los programas de intercambio de jeringuillas, cuya implantación se ha demostrado viable en el ámbito penitenciario y eficaz en la prevención de la transmisión del VIH por vía parenteral.

En consecuencia, siendo el desarrollo de las actividades citadas competencia de las instituciones firmantes, resulta necesario formalizar este Convenio de colaboración para el desarrollo y evaluación de actividades de prevención del VIH/sida en los centros penitenciarios de Cataluña con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.–El Ministerio de Sanidad y Política Social, a través de la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida - Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior, desarrollará conjuntamente con la Administración de la Generalitat de Catalunya, a través de la Dirección General de Salud Pública del Departamento de Salud y de la Secretaría de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil del Departamento de Justicia, las actividades preventivas de la infección por VIH que se especifican en la cláusula segunda.

Segunda. Actividades.–El Ministerio de Sanidad y Política Social, a través de la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida de la Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior, facilitará a la Administración de la Generalitat de Catalunya -Dirección General de Salud Pública del Departamento de Salud y Secretaría de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil del Departamento de Justicia- cuanta información, asesoramiento y colaboración solicite para la ejecución de las siguientes actividades, la responsabilidad del desarrollo de las cuales corresponderá a la Administración de la Generalitat de Catalunya:

1. Programas de prevención.

1.1 Programas de educación sanitaria e información sobre el VIH/sida a internos/as VIH+ y VIH-, promocionando la adopción y mantenimiento de prácticas sexuales más seguras, tanto en las relaciones homosexuales como en las heterosexuales y facilitando el acceso a los instrumentos de prevención, intensificando la actuación en jóvenes.

1.2 Apoyo emocional, atención psicológica a los internos/as VIH+.

1.3 Actividades de mejora de la adhesión al tratamiento antiretroviral y de coordinación con otros dispositivos asistenciales extrapenitenciarios.

1.4 Actividades de promoción de la participación de los internos en el diseño, ejecución y evaluación de las intervenciones preventivas.

1.5 Realización de talleres de teatro: formación de los grupos, elaboración del guión de una obra de teatro cuya temática gire alrededor del VIH/sida y representación de dicha obra el día mundial del sida.

1.6 Elaboración e implementación de un programa de ofrecimiento de realización de piercings y tatuajes higiénicos en un centro penitenciario (C.P. de Jóvenes) según la normativa que regula tales prácticas y los requisitos higiénico-sanitarios que deben cumplir los establecimientos donde se realizan.

Estas actividades preventivas se realizarán en los siguientes centros penitenciarios:

C.P. Quatre Camins.

C.P. Brians Homes I.

C.P. Brians Homes II.

C.P. Brians Dones.

C.P. Girona.

C.P. Figueres.

C.P. Dones de Barcelona (Wad Ras).

C.P. Joves.

C.P. Homes de Barcelona (La Modelo).

C.P. Tarragona.

C.P. Ponent (Lleida).

C.P. Lledoners.

2. Programas de intercambio de jeringuillas (PIJ).

2.1 Implementación y evaluación de los programas de intercambio de jeringuillas en los centros penitenciarios de Cataluña.

La Administración de la Generalitat de Catalunya deberá mencionar la colaboración de la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida, en los programas, materiales y actividades recogidos en el presente convenio interadministrativo.

Tercera. Financiación.–Las actividades que se detallan en la cláusula anterior se financiarán de la siguiente forma:

1. El Ministerio de Sanidad y Política Social aporta, con cargo a la aplicación presupuestaria 26.07.313B.487 para el año 2009, la cantidad de 50.000 euros, IVA incluido, como importe máximo de las obligaciones a adquirir financiadas por el Ministerio de Sanidad y Política Social para la ejecución de las actividades citadas.

2. Dicho importe será transferido a la cuenta del Tesoro de la Generalitat de Catalunya. El pago se efectuará previa certificación de conformidad de la Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior del Ministerio de Sanidad y Política Social.

3. Por su parte, la Administración de la Generalitat de Catalunya aportará la organización, recursos humanos y medios necesarios para la ejecución de las actividades objeto de este Acuerdo, justificando los gastos efectivos en los que haya incurrido por razón del Acuerdo, gastos que no pueden solaparse con los ordinarios de funcionamiento de la Administración de la Generalitat de Catalunya en lo que a organización, recursos humanos y medios técnicos se refiere.

Cuarta. Ejecución de las actividades y justificación de gastos.

1. La Administración de la Generalitat de Catalunya -Dirección General de Salud Pública del Departamento de Salud y la Secretaría de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil del Departamento de Justicia- se responsabilizará de la ejecución de las actividades objeto de este Convenio, que se especifican en la cláusula segunda. Los suministros de material, asistencias técnicas o servicios externos necesarios para el desarrollo de las mencionadas actividades se contratarán con arreglo a la legislación vigente establecida al efecto.

2. La fiscalización de los gastos derivados de este Convenio se realizará por la Intervención de la Administración de la Generalitat de Catalunya sin perjuicio de las competencias del Tribunal de Cuentas.

3. Los gastos derivados de este convenio se justificarán remitiendo a la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida del Ministerio de Sanidad y Política Social, antes del 15 de diciembre de 2009, un estado comprensivo de las obligaciones reconocidas a través de factura única que emitirá la Dirección General de Salud Pública del Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya en la que se detallen los gastos conforme a lo establecido en la cláusula Tercera 3. La factura presentada será certificada y conformada por la Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Quinta. Comisión de Seguimiento.

1. Para el seguimiento y evaluación de este Convenio se constituirá en el primer mes de vigencia del mismo una Comisión de Seguimiento, que se reunirá al menos dos veces al año y, en cualquier caso, cuando una de las partes lo solicite. La Comisión estará formada por dos representantes de la Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior - Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida, uno de los cuales actuará en calidad de Presidente y el otro de Secretario, y dos representantes de la Administración de la Generalitat de Catalunya, procedentes de la Consejería de Salud y de la Consejería de Justicia, respectivamente, pudiéndose incorporar a la misma puntualmente los técnicos que se consideren oportunos.

2. La Comisión de seguimiento tendrá las siguientes funciones:

Acordar el sistema de evaluación de las actividades objeto del presente Convenio, que serán evaluadas con arreglo a dicho sistema por la comunidad autónoma el primer trimestre del año 2010. Los resultados detallados de la evaluación, junto con un informe o memoria sobre el desarrollo de las actividades ejecutadas, se remitirán a la Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior - Secretaría del Plan Nacional sobre el SIDA antes del 1 de abril de 2010.

Interpretar, en caso de duda, el contenido del presente Convenio y, en consecuencia, proponer las decisiones oportunas acerca de las variaciones o cambios aconsejables para la mejor ejecución de las actuaciones.

3. La Comisión de seguimiento levantará actas de cada una de sus reuniones, recogiendo en las mismas los acuerdos alcanzados.

Sexta. Vigencia.–Este Convenio de colaboración entrará en vigor al día siguiente del de su firma por ambas partes y extenderá su vigencia hasta el 15 de diciembre de 2009, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula anterior para la evaluación de resultados y la presentación del informe o memoria de actividades.

Ambas partes podrán denunciar anticipadamente la vigencia de este Convenio en el supuesto incumplimiento por la otra parte de las obligaciones establecidas.

Sin perjuicio de lo anterior serán causa de resolución anticipada las siguientes:

El acuerdo mutuo entre las partes, que se instrumentará por escrito.

La imposibilidad sobrevenida, legal o material, de dar cumplimiento a los pactos.

Séptima. Publicación.–El presente Convenio se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Octava. Régimen jurídico.–Este convenio tiene naturaleza administrativa, y se tramita al amparo de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, que no puedan ser resueltas por la Comisión de Seguimiento, se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa.

En prueba de conformidad, ambas partes firman por triplicado ejemplar este Convenio de colaboración en el lugar y fecha indicados.–La Ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez García-Herrera.–La Consellera de Salut de la Generalitat de Catalunya, Marina Geli i Fàbrega .–La Consellera de Justicia de la Generalitat de Catalunya, Montserrat Tura i Camafreita.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.