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Resolución de 12 de julio de 2010, del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo n.º 277/2010, procedimiento ordinario, interpuesto ante el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, sección tercera, de Madrid.

BOE-A-2010-11708·22 de julio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 12 de julio de 2010 por el Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Su objeto principal es emplazar a terceros interesados en el recurso contencioso-administrativo número 277/2010, interpuesto por la Federación Española de Transitarios Expedidores Internacionales y Asimilados (FET) ante el Tribunal Supremo. El recurso contencioso-administrativo impugna el Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo, que regula el derecho a efectuar declaraciones en aduana y la figura del representante aduanero. Esta resolución afecta a todas aquellas personas físicas o jurídicas a las que el Real Decreto 335/2010 les haya otorgado o pueda otorgar derechos, y a quienes tengan interés en que dicho Real Decreto se mantenga vigente. La disposición más relevante es el emplazamiento a los interesados para que, si lo desean, comparezcan y se personen en el procedimiento judicial ante el Tribunal Supremo en defensa de sus derechos. Se les otorga un plazo de nueve días, contados a partir de la publicación de esta Resolución, para realizar dicha personación. En esencia, la resolución busca garantizar que todos los afectados por el Real Decreto impugnado tengan la oportunidad de participar en el proceso judicial y defender sus intereses.

Ante el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera de Madrid ha sido interpuesto por la Federación Española de Transitarios Expedidores Internacionales y Asimilados FET un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo (publicado en el «BOE» de 14 de abril de 2010), por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones en aduana y la figura del representante aduanero.

En consecuencia, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa, se emplaza a aquellas personas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés en el mantenimiento de la misma, para que si así lo desean, en defensa de sus derechos, puedan comparecer y personarse en los autos en el referido Tribunal en el plazo de los nueve días siguientes al de publicación de la presente Resolución.

Madrid, 12 de julio de 2010.–La Directora del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Sara Ugarte Alonso-Vega.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.