Visto el texto del acta de fecha 13 de febrero de 2007 donde se recogen los acuerdos referentes a las tablas salariales definitivas para el año 2006 y las provisionales correspondientes al año 2007 del Acuerdo Marco para el Sector de Industrias de Aguas de Bebida Envasadas (Código de Convenio n.º 9914405) que fue suscrito por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte la Asociación Nacional de empresas de Aguas de Bebidas Envasadas (ANEABE) en representación de las empresas del Sector y de otra por las Federaciones Agroalimentarias de CC.OO. y UGT en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 12 de marzo de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL ACUERDO MARCO PARA EL SECTOR DE INDUSTRIAS DE AGUAS DE BEBIDA ENVASADAS
En Madrid, siendo las 17:00 horas del día 13 de febrero de 2007, en la sede de ANEABE, sita en calle Serrano, 76, 5º dcha., se reúnen los miembros de la Comisión Paritaria del Acuerdo Marco para el Sector de Industrias de Aguas de Bebida Envasadas con la asistencia de los representantes de las Federaciones Agroalimentarias de CC.OO. y U.G.T de un parte y, de la Asociación Nacional de Empresas de Aguas de Bebida Envasadas (ANEABE), de otra, a fin de elaborar las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2006 de conformidad con lo previsto en la cláusula de garantía del Anexo I del Acuerdo Marco, que adoptan los siguientes
Acuerdos
Primero.-Los presentes proceden a elaborar la tabla salarial definitiva para el año 2006, que se acompaña como documento anexo al presente acuerdo y que es firmada por los mismos.
Segundo.-Las partes elaboran una tabla salarial provisional para el año 2007, que regirá a partir del 1 de enero de 2007, que, una vez firmada, igualmente se acompaña al presente acuerdo.
En prueba de conformidad, firman la presente acta en la ciudad y fecha indicados en el encabezamiento.-Antonio Gómez Pérez (UGT). Carlos González (CC.OO.).-Irene Zafra (ANEABE).-Conrado López (ANEABE).
ANEXO I
Tablas definitivas año 2006
Nivel
Categoría
Salario base/euros
Plus de asistencia
-
Euros/mes
Plus nocturnidad
-
Euros/hora
Horas Extras
-
Euros
Mes
Año
Técnico Titulado Superior.
1.227,83
18.417,45
78,97
2,73
Técnico Titulado Medio
1.163,22
17.448,30
78,97
2,48
Técnico No Titulado
1.098,59
16.478,85
78,97
2,27
Jefe de 1.ª
1.098,59
16.478,85
78,97
2,27
Jefe de Ventas
1.098,59
16.478,85
78,97
2,27
Encargado
1.033,97
15.509,55
78,97
2,05
Jefe de 2ª
1.033,97
15.509,55
78,97
2,05
Oficial de 1.ª
937,02
14.055,30
78,97
1,80
10,78
Contable
937,02
14.055,30
78,97
1,80
10,78
Cajero
937,02
14.055,30
78,97
1,80
10,78
Inspector de Ventas
937,02
14.055,30
78,97
1,80
10,78
Capataz
937,02
14.055,30
78,97
1,80
10,78
Oficial de 2.ª
840,09
12.601,35
78,97
1,62
10,04
Viajante
840,09
12.601,35
78,97
1,62
10,04
Operario de Embotellado.
840,09
12.601,35
78,97
1,62
10,04
Conductor repartidor
840,09
12.601,35
78,97
1,62
10,04
Almacenero
840,09
12.601,35
78,97
1,62
10,04
Oficial de 3.ª o Ayudante
743,16
11.147,40
78,97
1,27
9,33
Auxiliar
743,16
11.147,40
78,97
1,27
9,33
Cobrador
743,16
11.147,40
78,97
1,27
9,33
Vigilante
743,16
11.147,40
78,97
1,27
9,33
Telefonista
743,16
11.147,40
78,97
1,27
9,33
Jardinero
743,16
11.147,40
78,97
1,27
9,33
Peón
646,22
9.693,30
78,97
1,08
8,63
Ordenanza
646,22
9.693,30
78,97
1,08
8,63
Personal de Limpieza
646,22
9.693,30
78,97
1,08
8,63
Tablas provisionales año 2007
Nivel
Categoría
Salario base/euros
Plus de asistencia
-
Euros/mes
Plus nocturnidad
-
Euros/hora
Horas Extras
-
Euros
Mes
Año
Técnico Titulado Superior.
1.257,30
18.859,50
80,87
2,80
Técnico Titulado Medio
1.191,14
17.867,10
80,87
2,54
Técnico No Titulado
1.124,96
16.874,40
80,87
2,32
Jefe de 1.ª
1.124,96
16.874,40
80,87
2,32
Jefe de Ventas
1.124,96
16.874,40
80,87
2,32
Encargado
1.058,79
15.881,85
80,87
2,10
Jefe de 2.ª
1.058,79
15.881,85
80,87
2,10
Oficial de 1.ª
959,51
14.392,65
80,87
1,84
11,04
Contable
959,51
14.392,65
80,87
1,84
11,04
Cajero
959,51
14.392,65
80,87
1,84
11,04
Inspector de Ventas
959,51
14.392,65
80,87
1,84
11,04
Capataz
959,51
14.392,65
80,87
1,84
11,04
Oficial de 2.ª
860,25
12.903,75
80,87
1,66
10,28
Viajante
860,25
12.903,75
80,87
1,66
10,28
Operario de Embotellado.
860,25
12.903,75
80,87
1,66
10,28
Conductor repartidor
860,25
12.903,75
80,87
1,66
10,28
Almacenero
860,25
12.903,75
80,87
1,66
10,28
Oficial de 3.ª o Ayudante
761,00
11.415,00
80,87
1,30
9,55
Auxiliar
761,00
11.415,00
80,87
1,30
9,55
Cobrador
761,00
11.415,00
80,87
1,30
9,55
Vigilante
761,00
11.415,00
80,87
1,30
9,55
Telefonista
761,00
11.415,00
80,87
1,30
9,55
Jardinero
761,00
11.415,00
80,87
1,30
9,55
Peón
661,73
9.925,95
80,87
1,11
8,84
Ordenanza
661,73
9.925,95
80,87
1,11
8,84
Personal de Limpieza
661,73
9.925,95
80,87
1,11
8,84