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Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican la revisión salarial y la correspondiente tabla para el año 2020 del Convenio colectivo del sector de grandes almacenes.

BOE-A-2020-2805·27 de febrero de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que aprueba y ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la revisión salarial y la tabla salarial correspondiente al año 2020 del Convenio Colectivo del sector de Grandes Almacenes. Objeto principal: El objeto principal es dar validez legal y publicidad a la actualización de los salarios de los trabajadores del sector de grandes almacenes para el año 2020, fruto del acuerdo alcanzado por la Comisión Mixta del Convenio Colectivo. A quién afecta: Afecta directamente a las empresas pertenecientes a la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED) y a los trabajadores del sector de grandes almacenes representados por los sindicatos FETICO, FASGA, CCOO y UGT. Disposiciones más relevantes: Aprobación del incremento salarial fijo: Se aprueba un incremento salarial fijo del 1% con efectos retroactivos al 1 de enero de 2020, tal como se establece en el artículo 24.1 del Convenio Colectivo. Aprobación de las nuevas tablas salariales: Se aprueban las nuevas tablas salariales actualizadas con el incremento del 1%, con efectos desde el 1 de enero de 2020. Estas tablas detallan los salarios base para las diferentes categorías profesionales dentro del sector. Incremento variable pendiente: La Comisión Mixta acuerda posponer la decisión sobre el incremento salarial variable, que depende de la evolución de las ventas del sector según datos del INE, hasta que se disponga de los datos definitivos. En ese momento, se reunirán nuevamente para determinar si procede un incremento adicional según lo previsto en el artículo 24.2 y 24.3 del Convenio Colectivo. Publicación en el BOE: Se ordena la publicación de la revisión salarial y la tabla salarial en el Boletín Oficial del Estado para su conocimiento general y aplicación obligatoria. Habilitación para trámites:** Se habilita a una persona específica para realizar los trámites necesarios para el depósito, registro y publicación del acta en el BOE.

Visto el texto de la revisión salarial y la correspondiente tabla para el año 2020 del Convenio colectivo del sector de grandes almacenes (Código de convenio: 99002405011982), publicado en el BOE de 7 de octubre de 2017, revisión y tabla que fueron suscritas, con fecha de 20 de enero de 2020, por la Comisión Mixta del citado Convenio colectivo, en la que están integradas, de una parte, la Organización empresarial Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED) y, de otra, las organizaciones sindicales FETICO, FASGA, CCOO y UGT, firmantes de dicho Convenio en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas revisión y tabla salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de febrero de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO DE GRANDES ALMACENES 2017-2020

Por la Representación Empresarial:

ANGED.

Por la Representación Sindical:

FETICO.

FASGA.

CCOO.

UGT.

En Madrid, a 20 de enero de 2020, se reúne la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes con vigencia para los años 2017 a 2020, previa convocatoria efectuada, y con la asistencia de la totalidad de las organizaciones que la integran, a fin de tratar el siguiente orden del día.

Único.  Aplicación incremento salarial artículo 24. Apartado 1 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes (BOE de 7 de octubre de 2017) para el año 2020.

Abierta la sesión, y en cumplimiento de lo previsto en el Convenio Colectivo de Grandes Almacenes (BOE de 7 de octubre de 2017), la comisión mixta por unanimidad acuerda aplicar con efectos 1 de enero de 2020, el incremento fijo del 1%, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 24 del Convenio de Grandes Almacenes.

A tales efectos, se procede a aprobar las nuevas tablas (artículo 22 del Convenio) con efectos de 1 de enero de 2020:

La Comisión Mixta respecto al incremento variable anual en función de evolución de ventas del sector, acuerda esperar a los datos definitivos del INE, momento en que se volverán a reunir para determinar en su caso el incremento adicional conforme al artículo 24. Apartados 2 y 3 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes.

Finaliza la reunión procediendo a la habilitación de doña Eva Marín Oliaga para que, en nombre de la Comisión, lleve a cabo cuantos trámites sean precisos en orden al depósito, registro y posterior publicación de la presente Acta en el «Boletín Oficial del Estado».

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión y, de ella, la presente Acta que, una vez leída y encontrada conforme, se firma por los asistentes en el lugar y fecha arriba indicados.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.