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Resolución de 13 de julio de 2009, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso administrativo 1/72/2009, interpuesto ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, sección octava y se emplaza a los interesados en el mismo.

BOE-A-2009-12444·27 de julio de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica del Ministerio de la Presidencia de España, fechada el 13 de julio de 2009. Su objeto principal es doble: primero, ordenar la remisión del expediente administrativo relacionado con el recurso contencioso-administrativo número 1/72/2009 al Tribunal Supremo; y segundo, emplazar a los interesados en el Real Decreto impugnado a personarse en el proceso judicial. Esta resolución afecta principalmente a: Don Julio Sanz García, quien interpuso el recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 482/2009. El Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo (Sección Octava), que es el órgano judicial que tramita el recurso. Todas aquellas personas físicas y jurídicas a las que el Real Decreto 482/2009, de 3 de abril, por el que se convocaron elecciones de diputados al Parlamento Europeo, les haya conferido derechos o tengan un interés directo en su mantenimiento. Las disposiciones más relevantes de la resolución son: Orden de remisión del expediente: Se ordena enviar al Tribunal Supremo toda la documentación administrativa relacionada con el recurso interpuesto por Don Julio Sanz García contra el Real Decreto de convocatoria de elecciones europeas. Esto es un paso procesal necesario para que el Tribunal pueda analizar el caso. Emplazamiento a interesados: Se notifica a todos aquellos que puedan verse afectados por la resolución judicial que se dicte en el recurso contencioso-administrativo, otorgándoles un plazo de nueve días para comparecer y personarse en el procedimiento ante el Tribunal Supremo. Esto garantiza su derecho a defender sus intereses en el proceso. Fundamento legal: La resolución se basa en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que establecen los procedimientos para la remisión de expedientes y el emplazamiento de interesados en este tipo de recursos. En resumen, la resolución es un acto administrativo de trámite dentro de un proceso judicial contencioso-administrativo, cuyo fin es asegurar que el Tribunal Supremo disponga de la información necesaria para resolver el recurso y que todos los posibles afectados tengan la oportunidad de participar en el proceso.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («BOE» de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso- Administrativo (Sección Octava), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por don Julio Sanz García contra el Real Decreto 482/2009, de 3 de abril, por el que se convocaron elecciones de diputados al Parlamento Europeo.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

Madrid, 13 de julio de 2009.–El Secretario General Técnico del Ministerio de la Presidencia, Fernando Flores Giménez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.