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Resolución de 14 de marzo de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2020 del VI Convenio colectivo de general de ferralla.

BOE-A-2020-5041·14 de mayo de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que ordena el registro y la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de las tablas salariales para el año 2020 del VI Convenio Colectivo General de Ferralla. El objeto principal de la resolución es dar validez legal y publicidad a las tablas salariales acordadas entre la patronal ANIFER y los sindicatos UGT-FICA y CC.OO. de Construcción y Servicios. Estas tablas salariales son el resultado de la revisión salarial del 2,4% sobre las tablas del año anterior, tal como se estipula en el artículo 41 del convenio colectivo. La resolución afecta directamente a todos los trabajadores y empresas del sector de la ferralla en España, ya que establece los salarios mínimos que deben percibir los trabajadores de este sector durante el año 2020. Las disposiciones más relevantes son: Orden de inscripción: Se ordena la inscripción de las tablas salariales en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. Orden de publicación: Se ordena la publicación de las tablas salariales en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para su conocimiento público y obligatoriedad. Tablas salariales: El documento incluye las tablas salariales específicas para diferentes provincias, divididas en seis grupos (Tabla I a Tabla VI), lo que implica variaciones salariales según la ubicación geográfica del trabajador. Estas tablas definen el salario base para la categoría de "Oficial Ferrallista Montador" en cada una de las provincias mencionadas. Acuerdo de revisión: Se basa en el acuerdo de revisión salarial del 2,4% sobre las tablas del año anterior, conforme al artículo 41 del convenio colectivo.

Vistas las tablas salariales para el año 2020 del VI Convenio colectivo General de Ferralla (código de convenio núm. 99012395011999), que fueron suscritas, con fecha 26 de febrero de 2020, de una parte, por la asociación empresarial ANIFER, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por los sindicatos UGT-FICA y CC.OO. de Construcción y Servicios, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de marzo de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VI CONVENIO ESTATALLLA

Representación empresarial (ANIFER): Don David Fernández Bárcena.

Representación sindical:

Don Juan Carlos Barrero Mancha UGT-FICA Industria, Construcción y Agro.

Don Miguel Montalbán Gámez – (CC.OO. de Construcción y Servicios).

En Madrid, a 26 de Febrero de 2020, en la sede social de UGT-FICA, se reúnen los relacionados anteriormente con las representaciones que se indican, miembros todos ellos de la Comisión Negociadora del Convenio General de Ferralla, al objeto de proceder a la revisión de las tablas salariales de 2020 en un 2,4% sobre las tablas del año anterior, en virtud del acuerdo firmado y según lo establecido en el artículo 41 del vigente convenio de Ferralla.

Se delega en don Jesús Ordóñez Gámez, al objeto de que realice los trámites necesarios para el registro, depósito y publicación del presente acuerdo.

En prueba de conformidad, firman un miembro representante de cada organización esta acta y los documentos anexos, en la fecha y lugar indicado.

Tabla salarial I

2020

Ávila, Castellón, Ciudad Real, Jaén, Las Palmas, Lleida, Lugo, Pontevedra, Salamanca, Tenerife

Tabla salarial: Oficial Ferrallista Montador 2020

Tabla salarial II

2020

Almería, Badajoz, Cáceres, Cuenca, Guadalajara, Huesca, León, Ourense, Soria, Tarragona, Zamora, Zaragoza

Ferralla

Tabla salarial III

2020

Madrid, Palencia, Teruel, Valencia, Albacete, A Coruña, Asturias, Murcia, Segovia, Sevilla, Toledo, Valladolid

Tabla salarial IV

2020

Alicante, Cantabria, La Rioja, Vizcaya, Baleares, Cádiz y Barcelona

Tabla salarial V

2020

Burgos, Granada, Málaga, Navarra

Tabla salarial VI

2020

Álava, Córdoba, Girona, Guipúzcoa, Huelva

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.