resolucionVigente

Resolución de 15 de junio de 2010, de la Subsecretaría, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo n.º 67/2010, procedimiento abreviado, interpuesto ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo n.º 3 de Madrid.

BOE-A-2010-10478·1 de julio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Subsecretaría que emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 67/2010, interpuesto por Francisco Manuel Pérez Salgado ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo n.º 3 de Madrid. El recurso impugna la Orden de 18 de diciembre de 2009, que desestima el recurso de reposición contra la Orden TIN/1932/2009 sobre el concurso específico para la provisión de puestos en la Administración de la Seguridad Social. Se emplaza a los posibles demandados a personarse en el juzgado en nueve días y comparecer a la vista el 11 de enero

Ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid, se ha interpuesto por don Francisco Manuel Pérez Salgado el recurso contencioso-administrativo número 67/2010, procedimiento abreviado, contra la Orden de 18 de diciembre de 2009, por la que se desestima el recurso de reposición formulado contra la Orden TIN/1932/2009, de 16 de julio («BOE» de 20 de julio), por la que se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social (Unidades Provinciales de Informática).

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, esta Subsecretaría ha resuelto emplazar a los interesados para que puedan personarse como demandados ante el citado Juzgado, en el plazo de nueve días, siguientes a la publicación de la presente Resolución, y comparecer a la vista que está señalada para el día 11 de enero de 2012, a las 11:20 horas.

Madrid, 15 de junio de 2010.–El Subsecretario de Trabajo e Inmigración, Leandro González Gallardo.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.