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Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2024-5224·16 de marzo de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 15 de marzo de 2024 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los nuevos precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en las expendedurías de tabaco y timbre del área del monopolio en España. La resolución afecta directamente a los fabricantes e importadores de tabaco, a los expendedores de tabaco y timbre (estanqueros) y, en última instancia, a los consumidores de tabaco en toda España, incluyendo la Península, las Islas Baleares, Ceuta y Melilla. Las disposiciones más relevantes son: Fijación de precios: Se establecen los precios de venta al público, incluyendo todos los impuestos aplicables, para una lista específica de productos de tabaco. Estos precios son propuestos por los fabricantes e importadores y aprobados por el Comisionado. Ámbito geográfico: Se diferencian los precios aplicables a la Península e Islas Baleares de los precios aplicables a Ceuta y Melilla, reconociendo las particularidades fiscales de estas últimas. Entrada en vigor:** La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica una aplicación inmediata de los nuevos precios. En resumen, la resolución actualiza los precios de venta al público de ciertos productos de tabaco, garantizando la transparencia y el control del mercado del tabaco en España, conforme a la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en expendedurías de tabaco y timbre del área del monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de la península e Illes Balears, serán los siguientes:

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

Tercero.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de marzo de 2024.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.