resolucionVigente

Resolución de 16 de febrero de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2018 del VI Convenio colectivo estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal.

BOE-A-2018-2824·28 de febrero de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Empleo del Ministerio de Trabajo de España. Su objeto principal es registrar y publicar las tablas salariales para el año 2018 correspondientes al VI Convenio Colectivo Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal. La resolución afecta a todas las empresas y trabajadores del sector de servicios de atención a personas dependientes en España que estén cubiertos por el VI Convenio Colectivo Estatal. Esto incluye a las asociaciones empresariales FED, LARES y AESTE, así como a las organizaciones sindicales FeSP-UGT, FSS-CC.OO. y CC.OO. de Construcción y Servicios, quienes firmaron las tablas salariales. Las disposiciones más relevantes son: Orden de Inscripción: Se ordena la inscripción de las tablas salariales en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, que opera electrónicamente. Notificación a la Comisión Paritaria: Se requiere notificar la inscripción a la Comisión Paritaria del Convenio. Orden de Publicación:** Se dispone la publicación de las tablas salariales en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para su conocimiento público y entrada en vigor. En resumen, la resolución formaliza y da publicidad a las tablas salariales acordadas para el año 2018 en el sector de atención a la dependencia, garantizando que tanto empleadores como empleados tengan acceso a la información sobre las remuneraciones aplicables.

Vistas las tablas salariales para el año 2018 del VI Convenio colectivo estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal (código de convenio 99010825011997), publicado en el «BOE» de 18 de mayo de 2012, tablas que fueron suscritas, con fecha 29 de enero de 2018, por la Comisión paritaria del citado Convenio en la que están integradas, de una parte, las asociaciones empresariales FED, LARES y AESTE y, de otra, las organizaciones sindicales FeSP-UGT, FSS-CC.OO. y CC.OO. de Construcción y Servicios como firmantes del Convenio en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de febrero de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

TABLAS SALARIALES 2018

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.