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Resolución de 16 de octubre de 2019, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales.

BOE-A-2019-16209·12 de noviembre de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General de Coordinación Territorial que publica un Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El objeto principal del acuerdo es iniciar negociaciones para resolver las discrepancias existentes en relación con varios artículos (1, 2, 3, 6, 7 y 8) y la disposición adicional única de la Ley 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales del País Vasco. Este acuerdo afecta directamente a la Administración del Estado y a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que son las partes involucradas en la Comisión Bilateral de Cooperación. Indirectamente, afecta a los promotores y operadores de grandes establecimientos comerciales en el País Vasco, así como a los ciudadanos de dicha comunidad, ya que la ley en cuestión regula la ordenación territorial de este tipo de establecimientos. Las disposiciones más relevantes del acuerdo son: Inicio de negociaciones: Se acuerda iniciar un proceso de negociación para resolver las diferencias de interpretación o aplicación de la Ley 10/2019. Creación de un Grupo de Trabajo: Se designa un grupo de trabajo específico para analizar las discrepancias y proponer soluciones a la Comisión Bilateral. Comunicación al Tribunal Constitucional: Se informa al Tribunal Constitucional sobre este acuerdo, en cumplimiento del artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Esto implica que existe un conflicto de competencias o una posible inconstitucionalidad que ha sido planteada ante el Tribunal Constitucional, y este acuerdo busca una solución negociada antes de que el Tribunal deba pronunciarse. Publicación oficial: El acuerdo se publicará tanto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) como en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) para garantizar su conocimiento público. En resumen, el documento refleja un intento de resolver un conflicto legal entre el Estado y el País Vasco mediante la negociación y el diálogo, evitando así una posible intervención del Tribunal Constitucional. El foco del conflicto es la Ley autonómica que regula la ordenación territorial de los grandes establecimientos comerciales.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 16 de octubre de 2019.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.

ANEXO

Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias suscitadas en relación con los artículos 1, 2, 3, 6, 7 y 8 y la disposición adicional Única de la Ley de la Comunidad Autónoma del País Vasco 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales.

2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.

3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en «Boletín Oficial del País Vasco».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.