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Resolución de 17 de abril de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas de 2007 y las provisionales de 2008, del Convenio colectivo marco de la Unión General de Trabajadores.

BOE-A-2008-7696·30 de abril de 2008·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de 17 de abril de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas de 2007 y las provisionales de 2008, del Convenio colectivo marco de la Unión General de Trabajadores.

Visto el texto de las tablas salariales definitivas del año 2007 y las provisionales para el año 2008 del Convenio Colectivo Marco de la Unión General de Trabajadores (Código de Convenio n.º 9010222), publicado en el BOE de 14 de diciembre de 2007, tablas que fueron suscritas, con fecha 16 de enero de 2008, de una parte por los designados por la Comisión de Seguimiento de Política de Personal, en representación de la empresa, y de otra por la Sección Sindical Estatal de los trabajadores de UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 17 de abril de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

Salarios base Convenio U.G.T. Año 2008

COD.

Línea de convenio

Año 2007 - Euros

Incremento - Euros

Salario Inicial - Euros

Año 2008 - Euros

Nueva categoría

Titulado superior 3

1.639,57

19,38

1.658,95

1.721,16

Técnico Sup. A+.

Titulado superior 2 A

1.530,30

28,91

1.559,21

1.617,68

Técnico Sup. A.

Titulado superior 1

1.410,64

29,65

1.440,29

1.494,30

Técnico Sup. B.

Titulado medio 2

1.385,80

25,51

1.411,31

1.464,23

Técnico Medio C.

Titulado medio 1 A

1.303,69

23,63

1.327,32

1.377,09

Técnico Medio D.

Organizador sindical

1.106,91

38,81

1.145,72

1.188,68

Organizador Sindical.

Programador 1A

1.215,22

15,76

1.230,98

1.277,14

Responsable Administrativo.

Jefe Administrativo

1.183,83

23,16

1.206,99

1.252,25

Responsable Administrativo.

Administrativo 3

1.092,17

31,04

1.123,21

1.165,33

Especialista Administrativo.

Secretaria 1B

1.092,17

31,04

1.123,21

1.165,33

Especialista Administrativo.

Secretaria 2

1.139,48

19,88

1.159,36

1.202,84

Especialista Administrativo.

Operador informática

1.092,17

31,04

1.123,21

1.165,33

Especialista Administrativo.

Administrativo 1

931,12

30,29

961,41

997,46

Administrativo.

Administrativo 2

979,31

18,92

998,23

1.035,66

Administrativo.

Secretaria 1A

979,31

18,92

998,23

1.035,66

Administrativo.

Grabador informática

979,31

18,92

998,23

1.035,66

Administrativo.

Telefonista

979,31

18,92

998,23

1.035,66

Administrativo.

Encargado oficios varios

1.000,50

38,92

1.039,42

1.078,40

Especialista Oficios Varios.

Ayudante oficios varios

931,12

30,29

961,41

997,46

Oficial Oficios Varios.

Oficial 2 oficios varios

945,71

26,85

972,56

1.009,03

Oficial Oficios Varios.

Oficial 1 oficios varios

962,06

22,99

985,05

1.021,99

Oficial Oficios Varios.

Conductor

962,06

22,99

985,05

1.021,99

Oficial Oficios Varios.

Operador fotocopiadora

931,12

30,29

961,41

997,46

Oficial Oficios Varios.

Vigilante

898,41

38,01

936,42

971,54

Oficial Oficios Varios.

Conserje

898,41

38,01

936,42

971,54

Oficial Oficios Varios.

Limpiadora

898,41

38,01

936,42

971,54

Oficial Oficios Varios.

Mozo

898,41

38,01

936,42

971,54

Oficial Oficios Varios.

Camarero

931,12

30,29

961,41

997,46

Oficial Oficios Varios.

Previsión I.P.C. 2% + 1,75%.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.