resolucionVigente

Resolución de 17 de febrero de 2010, de la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos, por la que se da publicidad a los programas nacionales de erradicación de las enfermedades de los animales para el año 2010.

BOE-A-2010-3735·6 de marzo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 17 de febrero de 2010 por la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos de España. Su objeto principal es dar publicidad a los programas nacionales de erradicación de enfermedades animales para el año 2010, los cuales han sido previamente aprobados por la Comisión Europea. La resolución afecta principalmente a los ganaderos, veterinarios, autoridades sanitarias y, en general, a todos los actores involucrados en la sanidad animal y la producción ganadera en España. Las disposiciones más relevantes de la resolución son: Publicación de los programas: Se anuncia la publicación de los programas nacionales de erradicación de enfermedades animales en la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (actualmente Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación). Enfermedades cubiertas: Los programas publicados abarcan la erradicación de enfermedades como la brucelosis bovina, la tuberculosis bovina, la brucelosis ovina y caprina, la encefalopatía espongiforme bovina (EEB), la tembladera, la enfermedad de Aujeszky, la fiebre catarral ovina, el control de salmonelas zoonóticas en aves (reproductoras, ponedoras, pollos de engorde y pavos), el control de la gripe aviar en aves de corral y silvestres, y la vigilancia de las encefalopatías espongiformes transmisibles (EET). Aprobación Europea: Se enfatiza que estos programas han sido aprobados por la Comisión Europea, lo que implica que cumplen con los criterios comunitarios establecidos para las medidas de erradicación y vigilancia de enfermedades animales. Financiación Comunitaria: Se menciona la Decisión de la Comisión Europea que aprueba la participación financiera de la Comunidad para la erradicación, el control y la vigilancia de estas enfermedades. En resumen, la resolución busca garantizar la transparencia y el acceso a la información sobre los programas nacionales de sanidad animal, facilitando su implementación y cumplimiento por parte de los actores involucrados.

Una vez aprobados por la Comisión Europea, de conformidad con lo dispuesto en la Decisión 90/638/CEE del Consejo, de 27 de noviembre de 1990, por la que se establecen los criterios comunitarios aplicables a las medidas de erradicación y vigilancia de determinadas enfermedades de los animales y en la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario, los programas de erradicación de la brucelosis bovina, la tuberculosis bovina, la brucelosis ovina y caprina, la encefalopatía espongiforme bovina, la tembladera y la enfermedad de Aujeszky, el programa de erradicación y vigilancia de la fiebre catarral ovina, los programas de control de determinadas salmonelas zoonóticas en manadas de aves reproductoras, en manadas de aves ponedoras de la especie Gallus gallus, en manadas de pollos de engorde y en manadas de pavos (reproductores y de engorde), el programa de control de la gripe aviar en aves de corral y aves silvestres y el programa de vigilancia de las encefalopatías espongiformes transmisibles, presentados por España para el año 2010, mediante la Decisión 2009/883/CE de la Comisión, por la que se aprueban los programas nacionales anuales y plurianuales y la participación financiera de la Comunidad para la erradicación, el control y la vigilancia de determinadas enfermedades animales y zoonosis, presentados por los Estados miembros para 2010 y años sucesivos, se resuelve la publicación de los mismos a través de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, pudiendo ser consultados en la dirección http://rasve.mapa.es/Publica/Programas/Normativa.asp.

Madrid, 17 de febrero de 2010.—El Director General de Recursos Agrícolas y Ganaderos, Carlos Javier Escribano Mora.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.