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Resolución de 18 de enero de 2005, de la Dirección General de Desarrollo Industrial, por la que se autoriza a la Asociación Española de Normalización y Certificación, para asumir funciones de normalización en el ámbito de la gestión de servicios del entorno turístico.

BOE-A-2005-2491·15 de febrero de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Dirección General de Desarrollo Industrial de España, fechada el 18 de enero de 2005. Su objeto principal es autorizar a la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR) para que asuma las funciones de normalización en el ámbito de la gestión de servicios del entorno turístico. La resolución afecta directamente a AENOR, otorgándole la potestad de desarrollar normas técnicas y estándares de calidad en el sector turístico. Indirectamente, afecta a todas las empresas y organizaciones que operan en el sector turístico español, ya que deberán adaptarse a las normas que AENOR establezca para la gestión de sus servicios. Las disposiciones más relevantes de la resolución son: Autorización a AENOR: Se concede formalmente a AENOR la autorización para llevar a cabo actividades de normalización en la gestión de servicios turísticos. Fundamentación legal: La resolución se basa en el Real Decreto 2200/95, que aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, y en el reconocimiento previo de AENOR como Organismo de Normalización según dicho reglamento. Existencia de un Comité Técnico: Se menciona la creación de un Comité Técnico de Normalización dentro de AENOR, lo que implica que la asociación cuenta con la estructura necesaria para llevar a cabo las funciones de normalización. Capacidad organizativa: Se reconoce que AENOR dispone de los medios y la organización necesarios para desarrollar las actividades de normalización en el sector turístico. En resumen, la resolución permite a AENOR establecer estándares de calidad y buenas prácticas en la gestión de servicios turísticos, lo que busca mejorar la calidad y competitividad del sector turístico español.

Vista la petición documentada de fecha 15 de julio de 2004, presentada por la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR), con domicilio en Madrid, calle Génova, 6, por la que se solicita autorización para asumir funciones de normalización en el ámbito de la gestión de servicios del entorno turístico; Visto el Real Decreto 2200/95, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial; Resultando que la citada Asociación quedó reconocida como Organismo de Normalización de los establecidos en el capítulo II del citado Reglamento, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional primera del aludido R. D. 2200/95; Resultando que en dicha Asociación se ha creado el Comité Técnico de Normalización apropiado; Considerando que la AENOR dispone de los medios de organización necesarios para llevar a cabo las actividades correspondientes, y que en la tramitación del expediente se han cumplido todos los requisitos, Esta Dirección General ha resuelto autorizar a la AENOR, para asumir funciones de normalización en el ámbito de la gestión de servicios del entorno turístico.

Lo que se comunica a los efectos oportunos. -El Director general, Jesús Candil Gonzalo.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.