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Resolución de 18 de febrero de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de los acuerdos referentes a la tabla salarial definitiva para el año 2004, del Convenio colectivo para las empresas del Grupo Generali.

BOE-A-2005-5230·1 de abril de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que aprueba y ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de los acuerdos referentes a la tabla salarial definitiva para el año 2004 del Convenio Colectivo para las empresas del Grupo Generali. A quién afecta: Afecta a las empresas del Grupo Generali en España. Afecta a los trabajadores de dichas empresas que estén cubiertos por el Convenio Colectivo. Disposiciones más relevantes: 1. Aprobación de la Tabla Salarial: Se aprueba la tabla salarial definitiva para el año 2004, que incluye los salarios base y complementos salariales para diferentes grupos profesionales y niveles dentro del Grupo Generali. Esta tabla es resultado de la revisión del Convenio Sectorial de Seguros. 2. Actualización de Materias Económicas: Se acuerda actualizar el resto de materias de contenido económico del Convenio Colectivo del Grupo Generali que estén directamente relacionadas con el Convenio General del sector. 3. Aplicación de las Actualizaciones: Se solicita a la Dirección de la Empresa que la aplicación de las actualizaciones se realice antes del 31 de diciembre de 2004. 4. Publicación en el BOE: Se encarga a una persona específica la realización de los trámites necesarios para la validación y posterior publicación de la nueva tabla salarial en el BOE, dándole así carácter oficial y vinculante. 5. Supresión de Nivel Salarial: Se suprime el nivel salarial "10" a partir del 1 de enero de 2005. En resumen, la resolución formaliza y da publicidad a los acuerdos alcanzados entre la empresa y los representantes de los trabajadores del Grupo Generali en relación con las condiciones salariales para el año 2004, adaptándolas al Convenio Sectorial y garantizando su aplicación efectiva.

Visto el texto de los acuerdos referentes a la tabla salarial definitiva para el año 2004 del Convenio Colectivo para las empresas del Grupo Generali (código n.º 9014213) que fue suscrito con fecha 30 de noviembre de 2004 por la Comisión Mixta del Convenio de la que forman parte los representantes de la empresa y de los trabajadores en representación de ambas partes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo en el 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 18 de febrero de 2005.-El Director general, Esteban Rodríguez Vera.

ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LAS EMPRESAS DEL GRUPO GENERALI, AÑO 2004

En Madrid, a 30 de noviembre de 2004, y siendo las 14,00 horas, se reúnen en el paseo de la Castellana, 130, las representaciones que a continuación se indican, componentes de la Comisión Mixta del Convenio Colectivo para las Empresas del Grupo Generali.

Por la representación de las Empresas: Don Carlos de Benito Álvarez.

Don Ramón Baulies Grau. Don Jaume Ventalló i Bas. Don Francisco Pinilla Blázquez. Doña Nuria Vila Camino.

Por la representación de los trabajadores:

Don Sebastián Pérez Boguñá (SIEGE).

Don Antonio Frauca Cano (SIEGE). Don Fernando Bajo Díez (CC.OO.). Doña Ana González Bermejo (CC.OO.). Doña Lucía Villegas Vega (UGT).

Se reúne la Comisión Mixta a efectos de dar cumplimiento al mandato recogido en la Disposición Transitoria Sexta del Convenio Colectivo de Grupo Generali, con motivo de la publicación en el BOE n.º 279, de fecha 19 de noviembre de 2004 del Convenio Colectivo General de ámbito estatal para las Entidades de Seguros, Reaseguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo.

En consecuencia se procede a la aprobación y firma de la definitiva Tabla Salarial para el año 2004 que se adjunta a la presente Acta como anexo I. Asimismo se acuerda aprobar la actualización del resto de materias de contenido económico recogidas en el Convenio Colectivo de Grupo Generali que tengan remisión directa al citado Convenio General. La Comisión Mixta acuerda elevar a la Dirección de la Empresa la petición de que la aplicación de las actualizaciones citadas, se realice antes del día 31 de diciembre próximo. Por último la Comisión decide encargar a doña Nuria Vila que realice los trámites oportunos para la validación y posterior publicación de la nueva tabla salarial en el BOE.

Tabla salarial Grupo Generali, año 2004

(Con revisión Convenio Sector 2004)

Grupo

profesional

Nivel

Complemento salario base

Salario base

Complemento salario base

Total

Sector

-

Mensual

Sector

-

Total anual

17 pagas

Convenio de Grupo

-

Mensual

14 pagas

Mensual

-

14 pagas

Mensual

Anual

I

A

1.785,82

30.358,94

2.168,50

1.627,65

3.796,15

53.146,10

B

1.785,82

30.358,94

2.168,50

1.282,55

3.451,05

48.314,70

C

1.785,82

30.358,94

2.168,50

899,09

3.067,59

42.946,26

D

1.785,82

30.358,94

2.168,50

620,25

2.788,75

39.042,50

A

1.510,51

25.678,67

1.834,19

644,69

2.478,88

34.704,32

B

1.510,51

25.678,67

1.834,19

419,34

2.253,53

31.549,42

A

1.287,26

21.883,42

1.563,10

485,57

2.048,67

28.681,38

B

1.287,26

21.883,42

1.563,10

299,32

1.862,42

26.073,88

II

A

1.101,25

18.721,25

1.337,23

355,90

1.693,13

23.703,82

B

1.101,25

18.721,25

1.337,23

201,98

1.539,21

21.548,94

A

959,86

16.317,62

1.165,54

233,73

1.399,27

19.589,78

B

959,86

16.317,62

1.165,54

106,54

1.272,08

17.809,12

A

833,37

14.167,29

1.011,95

144,49

1.156,44

16.190,16

III

A

729,22

12.396,74

885,48

165,82

1.051,30

14.718,20

B

729,22

12.396,74

885,48

70,27

955,75

13.380,50

A

639,92

10.878,64

777,05

91,80

868,85

12.163,90

B

639,92

10.878,64

777,05

12,84

789,89

11.058,46

IV

A

565,51

9,613.67

686,69

31,30

717,99

10.051,86

10 (*)

A

505,98

8.601,66

614,40

3,02

617,42

8.643,88

(*) En vigor hasta 31 de diciembre de 2004. Se suprime a partir de 1 de enero de 2005.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.