resolucionVigente

Resolución de 18 de junio de 2020, de la Entidad pública Empresarial ENAIRE, por la que se modifica la de 15 de octubre de 2010, de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, por la que se crea la sede electrónica de la Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea; y se deroga parcialmente la Resolución de 2 de diciembre de 2015.

BOE-A-2020-7275·4 de julio de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Resumen de la Resolución de ENAIRE sobre la Sede Electrónica Este documento legal es una Resolución emitida por la Entidad Pública Empresarial ENAIRE (anteriormente Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea) el 18 de junio de 2020. Su objeto principal es modificar la Resolución del 15 de octubre de 2010, que creó la sede electrónica de ENAIRE, y derogar parcialmente la Resolución del 2 de diciembre de 2015 que modificaba la anterior. La resolución afecta a todos los usuarios de la sede electrónica de ENAIRE, tanto ciudadanos como empresas, que interactúan con la entidad a través de medios electrónicos. También afecta internamente a la organización de ENAIRE, especificando las unidades responsables de la gestión de la sede electrónica. Las disposiciones más relevantes son: Modificación de la dirección electrónica: Se actualiza la dirección electrónica de referencia de la sede electrónica de ENAIRE. Actualización de la unidad responsable: Se identifica a la unidad responsable de los contenidos comunes de la sede electrónica. Actualización del canal de acceso telefónico: Se actualiza el canal de acceso telefónico a la sede electrónica. Derogación parcial de la Resolución de 2015: Se derogan específicamente las letras b), f) y h) del apartado 2 de la Resolución de 2 de diciembre de 2015, que se referían a los puntos modificados en la presente resolución. Entrada en vigor:** La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En esencia, la resolución busca mantener actualizada la información de contacto y la estructura organizativa relacionada con la sede electrónica de ENAIRE, facilitando así el acceso y la gestión de los servicios electrónicos ofrecidos por la entidad.

Mediante Resolución del Director General-Presidente de la Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, de 15 de octubre de 2010, de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, se creó la Sede Electrónica de la misma que posteriormente fue modificada por la Resolución de 2 de diciembre de 2015 de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, a fin de adaptar aquella Resolución a determinados cambios operados en cuanto a la propia denominación y estructura organizativa de la Entidad, en la dirección de la referencia electrónica de su Sede, contenidos comunes de la misma e identificación de los canales de acceso a los servicios disponibles así como de las dependencias en las que presentar físicamente sugerencias y quejas en relación con el contenido, gestión y servicios ofrecidos en dicha Sede Electrónica.

Actualmente se hace necesario modificar la Resolución de 15 de octubre de 2010 a fin de adaptarla a nuevos cambios que afectan a la dirección electrónica de referencia de la Sede Electrónica de ENAIRE así como a la identificación de la unidad responsable de los contenidos comunes de la misma, y actualización del canal de acceso telefónico, y por tanto se hace necesaria la modificación del artículo 2 letras b) f) y h) de la Resolución de 15 de octubre de 2010 y la consecuente derogación de las letras b), f) y h) del apartado 2 de la Resolución de 2 de diciembre de 2015, por la que se modifica la anterior.

En su virtud, y en el ejercicio de las facultades delegadas por el Consejo de Administración de ENAIRE en su reunión de 24 de julio de 2015, resuelvo:

Primero.

Modificar los apartados b), f) y h) del artículo 2 de la Resolución de 15 de octubre de 2010, que quedarán redactados como sigue:

Segundo.

Derogar las letras b), f) y h) del apartado 2 de la Resolución de 2 de diciembre de 2015, por la que se modifica la de 15 de octubre de 2010.

Tercero.

Publicar la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» la cual entrará en vigor al día siguiente de dicha publicación.

Madrid, 18 de junio de 2020.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, Ángel Luis Arias Serrano.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.