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Resolución de 18 de septiembre de 2020, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2020-10924·19 de septiembre de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 18 de septiembre de 2020 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los nuevos precios de venta al público (PVP) de diversas labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio en España. La resolución afecta directamente a los fabricantes e importadores de tabaco, a los expendedores de tabaco y timbre, y, en última instancia, a los consumidores de tabaco en España. Las disposiciones más relevantes son: Fijación de Precios: Se establecen los nuevos precios de venta al público, incluyendo todos los impuestos aplicables, para una amplia variedad de productos de tabaco, clasificados en categorías como cigarrillos, cigarros y cigarritos, picaduras de liar, otras labores y picaduras de pipa. Ámbito Geográfico: Se especifican precios diferentes para la Península e Islas Baleares, por un lado, y para las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, por otro. Esto implica que los precios del tabaco varían según la ubicación geográfica dentro de España. Entrada en Vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica una aplicación inmediata de los nuevos precios. Fundamento Legal: La resolución se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que faculta al Comisionado para el Mercado de Tabacos a publicar los precios propuestos por los fabricantes e importadores. En resumen, la resolución actualiza los precios del tabaco en España, diferenciando entre la Península/Baleares y Ceuta/Melilla, y tiene un impacto directo en la cadena de valor del tabaco, desde los fabricantes hasta los consumidores.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

A) CIGARRILLOS

B) CIGARROS Y CIGARRITOS

C) CIGARROS Y CIGARRITOS

D) PICADURAS DE LIAR

E) OTRAS LABORES

F) PICADURAS DE PIPA

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

A) CIGARRILLOS

B) CIGARROS Y CIGARRITOS

C) CIGARROS Y CIGARRITOS

D) PICADURAS DE PIPA

Tercero.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de septiembre de 2020.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.