Visto el texto del acta de fecha 20 de enero de 2012 donde se recogen los acuerdos referentes a las tablas salariales correspondientes al año 2012 del Convenio colectivo de la industria azucarera (Código de Convenio n.º 99000555011981), que fue suscrito de una parte por la Asociación General de Fabricantes de Azúcar de España (AGFA) en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO y UGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 19 de abril de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
TABLAS SALARIALES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2012 DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA AZUCARERA
ANEXO 2
Tablas de salarios Convenio para el 2012 para trabajadores fijos sin antigüedad
ANEXO 3
Salario hora ordinario pactado para 2012. Trabajadores fijos discontinuos y eventuales
ANEXO 4
Plus de nocturnidad pactado para 2012. Trabajadores fijos, fijos discontinuos y eventuales
ANEXO 5
Valor de la hora extraordinaria para 2012. Trabajadores fijos, fijos discontinuos y eventuales
ANEXO 6
Módulo pactado hora
Tablas 2012
365 días
–
euros
Grat. pactadas
3 meses/90 días
2012
–
euros
Salario convenio
15 meses/455 días
2012
–
euros
Nivel 4
11.946,33
2.945,67
14.892,00
Nivel 5
12.428,06
3.064,45
15.492,51
Nivel 6
12.948,35
3.192,74
16.141,09
Nivel 7
13.487,75
3.325,75
16.813,50
Nivel 8
13.950,23
3.439,78
17.390,01
Nivel 9
14.451,22
3.563,32
18.014,54
Nivel 10
15.212,34
3.750,99
18.963,33
Nivel 11
15.973,44
3.938,66
19.912,10
Nivel 12
17.110,21
4.218,96
21.329,17
Nivel 13
18.613,17
4.589,55
23.202,72
Nivel 14
20.231,64
4.988,62
25.220,26
Nivel 15
21.830,95
5.382,97
27.213,92
Nivel 16
25.000,61
6.164,53
31.165,14
Nivel 17
28.208,76
6.955,58
35.164,34
Salario hora ordinario (euros/8 horas)
Nivel 4
8,49
Nivel 5
8,83
Nivel 6
9,20
Nivel 7
9,58
Nivel 8
9,91
Nivel 9
10,26
Nivel 10
10,80
Nivel 11
11,34
Nivel 12
12,15
Nivel 13
13,22
Nivel 14
14,37
Nivel 15
15,50
Nivel 16
17,75
Nivel 17
20,03
Plus nocturnidad
–
Euros
Nivel 4
10,96
Nivel 5
11,39
Nivel 6
11,90
Nivel 7
12,36
Nivel 8
12,77
Nivel 9
13,24
Nivel 10
13,93
Nivel 11
14,62
Nivel 12
15,68
Nivel 13
17,03
Nivel 14
18,52
Nivel 15
20,00
Nivel 16
22,91
Nivel 17
25,84
Valor hora extraordinaria
–
Euros
Nivel 4
11,91
Nivel 5
12,39
Nivel 6
12,90
Nivel 7
13,44
Nivel 8
13,90
Nivel 9
14,40
Nivel 10
15,16
Nivel 11
15,92
Nivel 12
17,05
Nivel 13
18,55
Nivel 14
20,16
Nivel 15
21,76
Nivel 16
24,92
Nivel 17
28,11
Euros
Nivel 4
6,80
Nivel 5
7,08
Nivel 6
7,37
Nivel 7
7,68
Nivel 8
7,94
Nivel 9
8,23
Nivel 10
8,66
Nivel 11
9,10
Nivel 12
9,74
Nivel 13
10,60
Nivel 14
11,52
Nivel 15
12,43
Nivel 16
14,24
Nivel 17
16,06