Visto el texto de las tablas salariales correspondientes al año 2014 del Convenio colectivo del sector de recuperación y reciclado de residuos y materias primas secundarias (código de convenio n.º 99004345011982) que fue suscrito con fecha 1 de febrero de 2014 de una parte por la Federación Española de la Recuperación y Reciclaje (FER) y la Asociación Española de Recuperadores de Papel y Cartón (REPACAR) en representación de las empresas del sector, y de otra parte por la Federación Estatal de Servicios Privados de Comisiones Obreras y la Federación Estatal de Servicios de la Unión General de Trabajadores en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 19 de febrero de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
Acta de la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de recuperación y reciclado de residuos y materias primas secundarias
En Madrid y en los locales de FER, sitos en la Calle Almagro, 22, 4.º, siendo las 10:00 horas del día 1 de febrero de 2014, se reúne la «Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Recuperación y Reciclado de Residuos y Materias Primas Secundarias» con la asistencia de las personas reseñadas, quienes tratan lo siguiente:
Asistentes:
Federación Estatal de Servicios Privados de Comisiones Obreras: Jesús Martinez Dorado.
Federación Estatal de Servicios de la Unión General de Trabajadores: Antonio Moruno.
Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje (FER): Alicia García-Franco Zúñiga.
Asociación Española de Recuperadores de Papel y Cartón (REPACAR): Cristina Afán de Rivera.
Se abre la reunión y se expone que el avance del PIB del 4º trimestre publicado por parte del INE hace que la variación del PIB del año 2013 sea inferior al 1%.
En aplicación de los acuerdos adoptados en el artículo 12 del Convenio Colectivo se acuerda aplicar un incremento del 0,6% en todos los conceptos retributivos correspondientes al año 2014.
El importe de las diversas partidas económicas se enuncia a continuación. La nueva tabla salarial para 2014 se adjunta como anexo.
Complemento plus transporte: 2,26 €.
Dieta diaria pernocta: 45,47 €.
Dieta por uso vehÍculo particular, km: 0,25 €.
Dieta por comida/medio dÍa fuera domicilio: 11,62 €.
Ayuda familiar: 14,79 €.
Se acuerda delegar en Alicia García-Franco o Julio Lorente de la Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje, de forma indistinta, para que puedan realizar todas las gestiones necesarias, incluyendo subsanaciones para el registro del presente acuerdo y para ello se les delega las facultades necesarias hasta su completo registro.
Y, no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 10:30 horas, firmando en prueba de su conformidad todos los presentes
Tablas salariales 2014
Nota: Todas las cantidades anteriormente establecidas se refieren a euros.
El total mensual está referido a las pagas ordinarias. El total anual incluye las pagas ordinarias y las extraordinarias.
El plus de higiene se calcula como un 15 % del salario base
Por la Fed. Estatal de Servicios privados de CC.OO, Jesús Martinez Dorado.–Por la Federación Estatal de Servicios de la Unión General de Trabajadores, Antonio Moruno.–Por F.E.R., Alicia García-Franco.–Por REPACAR, Cristina Afán de Rivera.
Salario
Base Mensual
Plus Higiene
Mensual
Total
Mensual
Total
Anual
Grupo profesional Personal de Dirección
Director/a Gerente
1.323,53
198,53
1.522,06
22.235,37
Director/a de área o departamento
1.191,44
178,72
1.370,15
20.016,12
Grupo profesional Personal Técnico y Titulado
Titulado/a grado superior
1.218,04
182,71
1.400,75
20.463,15
titulado/a grado medio
1.191,44
178,72
1.370,15
20.016,12
Grupo profesional Administración
Jefe/a de primera
1.042,52
156,38
1.198,90
17.514,30
Oficial/a de primera
894,91
134,24
1.029,14
15.034,44
Oficial/a de segunda
826,76
124,01
950,78
13.889,58
Auxiliar administrativo
767,68
115,15
882,83
12.897,00
Aspirante/a
564,55
84,68
649,23
9.484,39
Grupo profesional Personal de producción
Encargado/a general
1.042,52
156,38
1.198,90
17.514,30
Encargado/a
948,86
142,33
1.091,19
15.940,83
Oficial/a
844,45
126,67
971,11
14.186,70
Conductor de 1.ª
894,94
134,24
1.029,18
15.034,95
Carretillero-especialista
844,45
126,67
971,11
14.186,70
Conductor-especialista
844,45
126,67
971,11
14.186,70
Mecánico-especialista
844,45
126,67
971,11
14.186,70
Sopletista-especialista
844,45
126,67
971,11
14.186,70
Maquinista-especialista
846,98
127,05
974,03
14.229,29
Especialista
790,67
118,60
909,27
13.283,18
Peón/a
767,68
115,15
882,83
12.897,00
Aprendiz/a
638,65
95,80
734,45
10.729,30
Grupo Profesional Personal subalterno
Vigilante y/u ordenanza
789,90
118,49
908,39
13.270,34
Limpieza
767,68
115,15
882,83
12.897,00