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Resolución de 19 de julio de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores de la de 7 de abril de 2006, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las tablas salariales actualizadas de 2005, y las correspondientes a 2006, del Convenio colectivo del calzado artesano manual y ortopedia y a medida y talleres de reparación y conservación del calzado usado y duplicado de llaves.

BOE-A-2006-13916·31 de julio de 2006·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de 19 de julio de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores de la de 7 de abril de 2006, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las tablas salariales actualizadas de 2005, y las correspondientes a 2006, del Convenio colectivo del calzado artesano manual y ortopedia y a medida y talleres de reparación y conservación del calzado usado y duplicado de llaves.

Advertidos errores en el texto de las tablas salariales actualizadas de 2005, y las correspondientes a 2006, del Convenio colectivo del calzado artesano manual y ortopedia y a medida y talleres de reparación y conservación del calzado usado y duplicado de llaves, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 7 de abril de 2006 en el BOE n.º 96 de 22 de abril de 2006. Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.

En la página 15629, sustituir Tablas salariales 2006 (incremento 2,5%) por la siguiente:

Tablas salariales 2006 (incremento 2,5%)

Reparación del calzado

Personal Administrativo retribución mensual

Salario base mes

Plus convenio mes

Beneficios mes

Salario mes

Extra julio+dici

Total anual

Oficial de primera

871,33

87,13

100,64

1.059,11

1.916,95

14.626,31

Oficial de segunda

796,02

79,60

91,94

967,56

1.751,24

13.361,92

Auxiliar

689,10

68,91

79,59

837,59

1.516,01

11.567,07

Aprendiz de 16 a 21 años

445,16

44,51

51,42

541,09

979,36

7.472,51

Personal de Oficio retribución diaria

Salario base día

Plus convenio día

Beneficios mes

Salario mes

Extra julio+dici

Total anual

Maestro de reparación

26,38

2,64

89,76

946,38

1.688,19

13.044,77

Guarnecedor

23,81

2,38

81,01

854,19

1.523,74

11.774,09

Oficial de primera

23,81

2,38

81,01

854,19

1.523,74

11.774,09

Oficial de segunda

23,40

2,34

79,64

839,73

1.497,94

11.574,71

Ayudante

22,22

2,23

75,59

797,13

1.421,94

10.987,46

Peon-Mozo-Per.Limpieza

21,99

2,20

74,81

788,71

1.406,93

10.871,46

Aprendiz de 16 a 21 años

15,11

1,51

51,41

542,02

966,88

7.471,18

Personal de comercio retribución mensual

Salario base mes

Plus convenio mes

Beneficios mes

Salario mes

Extra julio+dici

Total anual

Recepcionista

689,10

68,91

79,59

837,59

1.516,00

11.567,02

Aspirante recepción (16-18)

638,22

63,83

73,72

775,75

1.404,07

10.713,14

Medida-Ortopedia

Personal retribución mensual

Salario base mes

Plus convenio mes

Beneficios mes

Salario mes

Extra julio+dici

Total anual

Hormero

1.028,20

102,82

118,75

1.249,78

2.262,04

17.259,42

Encargado de sección

871,20

87,12

100,62

1.058,93

1.916,63

14.623,87

Personal de oficio retribución diaria

Salario base día

Plus convenio día

Beneficios mes

Salario mes

Extra julio+dici

Total anual

Patronista

31,41

3,14

106,88

1.126,92

2.010,23

15.533,24

Maestro de mesilla

26,38

2,64

89,77

946,51

1.688,41

13.046,48

Subencargado de sección

25,51

2,55

86,78

914,95

1.632,11

12.611,47

Cortador

24,57

2,46

83,59

881,28

1.572,06

12.147,47

Oficial de primera

24,57

2,46

83,59

881,28

1.572,06

12.147,47

Guarnecedor

23,81

2,38

81,01

854,19

1.523,74

11.774,09

Oficial de segunda

23,63

2,36

80,39

847,65

1.512,06

11.683,82

Especialista

22,22

2,23

75,59

797,13

1.421,94

10.987,46

Peon-Mozo-Per.Limpieza

21,98

2,20

74,81

788,71

1.406,93

10.871,46

Aprendiz de 16 a 21 años

15,10

1,51

51,41

542,02

966,88

7.471,18

Madrid, 19 de julio de 2006.-El Director General de Trabajo, Esteban Rodríguez Vera.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.