Visto el texto de las tablas salariales provisionales correspondientes al año 2012 del Convenio colectivo de industrias lácteas y sus derivados, (Código de convenio n.º 99003175011981),que fue suscrito con fecha 21 de junio de 2012, de una parte por la Federación Nacional de Industrias Lácteas en representación de las empresas del sector y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO y UGT en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de julio de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
Tablas provisionales año 2012
Diario
–
Euros
Mensual
–
Euros
Anual
–
Euros
Hora
–
Euros
Personal Técnico:
Técnico Superior
1.456,07
21.841,05
12,34
Técnico Medio
1.291,16
19.367,40
10,94
Otros Técnicos
1.180,39
17.705,85
10,00
Empleados Administrativos Comerciales:
Jefe de área
1.262,52
18.937,80
10,70
Jefe de sección
1.223,48
18.352,20
10,37
Oficial de Primera
1.078,49
16.177,35
9,14
Oficial de Segunda
996,66
14.949,90
8,45
Auxiliar
877,08
13.156,20
7,43
Repartidores y/o autoventas
29,62
13.506,72
7,63
Producción y tareas auxiliares:
Especialista u Oficial 1.ª
30,52
13.917,12
7,86
Especialista u Oficial 2.ª
30,08
13.716,48
7,75
Especialista u Oficial 3.ª
29,63
13.511,28
7,63
Peón
29,15
13.292,40
7,51
Personal de limpieza:
Personal de Limpieza
6,44
Euros
Quebranto de moneda:
Cajero
38,03
Auxiliar de caja y cobradores
28,22
Dieta de comida y alojamiento:
Almuerzo
11,81
Desayuno
4,29
Alojamiento
26,84
Prima de domingos y festivos:
Jornada completa
36,80
Jornada no completa hasta 4 horas
24,53
Jornada no completa a partir de 4 horas
36,80