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Resolución de 19 de marzo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para 2018 y provisionales para 2019 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.

BOE-A-2019-4643·29 de marzo de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que aprueba y ordena la publicación de las tablas salariales definitivas para 2018 y provisionales para 2019 del Convenio Colectivo Nacional para las Industrias de Pastas Alimenticias. El objeto principal de la resolución es dar validez legal y publicidad a las tablas salariales acordadas entre la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias (en representación de las empresas del sector) y las federaciones sindicales UGT-FICA y CC.OO. (en representación de los trabajadores). Esta resolución afecta directamente a todas las empresas y trabajadores incluidos dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Nacional para las Industrias de Pastas Alimenticias. Las disposiciones más relevantes son: Aprobación y registro: La Dirección General de Trabajo ordena la inscripción del acta que contiene el acuerdo sobre las tablas salariales en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. Publicación: Se dispone la publicación de la resolución y las tablas salariales en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que les otorga carácter oficial y obligatorio. Contenido del acuerdo: El acta adjunta a la resolución detalla que las tablas salariales definitivas para 2018 se incrementaron en un 1,2% (IPC real) y las tablas provisionales para 2019 en un 1,3%. Autorización de trámites: Se autoriza a una persona específica para realizar los trámites de registro y publicación de las actas y tablas salariales ante la autoridad laboral. En resumen, la resolución oficializa el acuerdo salarial alcanzado entre la patronal y los sindicatos del sector de la pasta alimenticia, estableciendo los salarios aplicables para los años 2018 y 2019 y garantizando su cumplimiento a través de su publicación en el BOE.

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo relativo a las tablas salariales definitivas aplicables en el año 2018 y provisionales en el año 2019 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias (Código de convenio: 99003945011981), que fue suscrito con fecha 13 de febrero de 2019, de una parte por la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias en representación de las empresas del sector, y de otra por la Federación de Industria, Construcción y Agroalimentación (UGT-FICA) y la Federación de Industria de CC.OO. en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de marzo de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL IX CONVENIO COLECTIVO NACIONAL PARA LAS INDUSTRIAS DE PASTAS ALIMENTICIAS

En Barcelona siendo las 12 horas del día 13 de febrero de 2019, se reúnen, en las instalaciones del despacho Oleart Abogados sito en la calle Aragón número 208 de Barcelona,

De una parte, la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias representada por Dña. Caterina Lozano Benítez y D. Ricardo Oleart Godia en su condición de letrado y apoderado.

Y de otro lado, por la representación social, D. Juan José García Martín, en representacion de la FICA-UGT; y, en representación de la Federación de Industria de CC.OO. D. Fernando Carrasco.

Comparecen, pues, de una parte por la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias, y de otra por la Federación de Industria, Construcción y Agroalimentación (UGT-FICA) y la Federación de Industria de CC.OO., en representación de los trabajadores del sector de Fabricantes de Pastas Alimenticias.

Se procede a dar lectura a las Tablas Salariales definitivas, pactadas para el año 2018 con un incremento del IPC real (1,2%) y también a las Tablas Provisionales, para el año 2019 con un incremento del 1,3 %. Ambas tablas se adjuntan a esta acta.

Ambas representaciones, unánimemente, dan su conformidad, y acuerdan que después de su firma sean remitidas a la Autoridad Laboral para su registro, archivo y, posterior publicación en el Boletín Oficial.

Asimismo, se acuerda, a los efectos de que sea remitido a la Autoridad Laboral para su registro, archivo y, posterior publicación en el Boletín Oficial se autoriza a D. Jesús Ordóñez Gámez, para realizar los trámites de registro de la presente actas y Tablas Salariales definitivas para el año 2018 (1,2%), y provisionales para el año 2019 (1,3%).

Leída la presente acta y hallada conforme por ambas representaciones, en prueba de conformidad, los asistentes, en la representación que ostentan, firman y ratifican los presentes acuerdos.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.