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Resolución de 19 de septiembre de 2020, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica la Adenda n.º 2 del Acuerdo de Delegación de la Unión Europea en relación al proyecto "Apoyo al sector del anacardo en Mali".

BOE-A-2020-11865·6 de octubre de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) que ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Adenda n.º 2 al Acuerdo de Delegación entre la Unión Europea y la AECID. El objeto principal de la Adenda n.º 2 es modificar una cláusula específica del contrato original denominado "Apoyo al sector del anacardo en Mali" (T05-EUTF-SAH-ML-02-01). La resolución no especifica cuál es la cláusula modificada, pero sí indica que la Adenda estará disponible para su consulta en la sede electrónica de la AECID. Esta resolución y la Adenda afectan principalmente a: La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), como entidad delegada para la ejecución del proyecto. La Unión Europea, representada por la Comisión Europea, como órgano de contratación. El proyecto "Apoyo al sector del anacardo en Mali" y, por extensión, a los beneficiarios de dicho proyecto en Mali. Las disposiciones más relevantes son: La orden de publicación de la Adenda n.º 2 en el BOE, cumpliendo con la Ley 40/2015. La modificación de una cláusula del contrato original, cuyo contenido específico no se detalla en la resolución. La entrada en vigor de la Adenda en la fecha de su publicación en el BOE. La obligación de la AECID de comunicar la fecha de publicación al Órgano de Contratación (Comisión Europea). Las firmas de los representantes de la AECID y de la Unión Europea, formalizando el acuerdo. En resumen, la resolución formaliza la modificación de un aspecto específico del acuerdo de cooperación entre la UE y la AECID para el proyecto de apoyo al sector del anacardo en Mali, garantizando su transparencia mediante la publicación en el BOE.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda n.º 2 al Acuerdo de Delegación entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la Unión Europea en relación al proyecto denominado «Apoyo al subsector del anacardo en Mali», 05-EUTF-SAH-ML-02-01, cuyo texto figura como anexo a esta resolución.

Asimismo, se indica que la Adenda estará disponible en la sede electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es).

Madrid, 19 de septiembre de 2020.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Magdy Esteban Martínez Solimán.

ANEXO

Adenda n.º 2 al Acuerdo de Delegación T05-EUTF-SAH-ML-02-01

La Unión Europea, representada por la Comisión Europea (en lo sucesivo, el «Órgano de Contratación»), por una parte, y

La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), entidad pública con sede en España, en la Av. Reyes Católicos n.º 4, 28040 Madrid (en lo sucesivo, la «organización»), por otra parte, (individualmente, una «Parte» y, colectivamente, las «Partes»), han convenido en lo siguiente:

La siguiente cláusula del contrato «Proyecto de apoyo al sector del anacardo en Mali» T05-EUTF-S AH-ML-02-01, celebrado entre el órgano de contratación y el coordinador el 7/10/2016 (en lo sucesivo el «contrato»), queda redactada, por la presente adenda, del siguiente modo:

Esta adenda entrará en vigor en la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» español.

La organización comunicará sin demora por escrito la fecha de publicación al Órgano de Contratación.

Por la Organización, firmado el 14 de agosto de 2020, la Presidenta de la AECID, P.D. (Resolución de 2 de Julio de 2009), el Director de la AECID. P.S. (artículo 18 del Estatuto de la AECID), la Directora de Cooperación con América Latina y el Caribe. Por delegación de firma (Resolución de 23 de julio de 2020), el Coordinador General de Cooperación Española en Mali, Juan Antonio Ovejero Dohn.–Por el Órgano de contratación, firmado el 14 de agosto de 2020, el Jefe de Cooperación Delegación Europea en Mali, Luca Ferroni.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.