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Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área de Península y Baleares.

BOE-A-2024-16042·3 de agosto de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 2 de agosto de 2024 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, específicamente por Luis Gavira Caballero. Su objeto principal es la publicación de los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área de Península e Islas Baleares. La resolución afecta directamente a los fabricantes e importadores de tabaco, a las Expendedurías de Tabaco y Timbre, y, en última instancia, a los consumidores de tabaco en la Península e Islas Baleares. Las disposiciones más relevantes son: Establecimiento de Precios: Se fijan los precios de venta al público (PVP), incluyendo todos los impuestos aplicables, para una lista específica de labores de tabaco. Esta lista, aunque no se detalla en el extracto, es fundamental para la aplicación de la resolución. Base Legal: La resolución se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, lo que le confiere validez legal. Entrada en Vigor:** La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica una aplicación inmediata de los nuevos precios. En resumen, la resolución actualiza los precios de venta al público de ciertos productos de tabaco en la Península e Islas Baleares, afectando a toda la cadena de suministro y consumo de estos productos. La publicación en el BOE garantiza la transparencia y la obligatoriedad del cumplimiento de los nuevos precios.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área de Península y Baleares, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

Segundo.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de agosto de 2024.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.