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Resolución de 2 de febrero de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 28 de agosto de 2008, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de La Voz de Galicia, S.A.

BOE-A-2010-2251·11 de febrero de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que tiene como objeto principal la corrección de un error detectado en el Convenio Colectivo de la empresa La Voz de Galicia, S.A., previamente registrado y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en agosto de 2008. La resolución afecta directamente a La Voz de Galicia, S.A., a sus trabajadores representados por el convenio colectivo, y a cualquier persona o entidad que consulte o aplique dicho convenio. La disposición más relevante de esta resolución es la orden de publicar las Tablas Salariales correspondientes al año 2008, que habían sido omitidas en la publicación original del convenio colectivo. Esto implica que la resolución busca subsanar una deficiencia en la información salarial del convenio, asegurando que la versión publicada sea completa y precisa. La corrección se centra específicamente en la inclusión de los salarios y pluses correspondientes al año 2008, lo que sugiere que esta información era crucial para la correcta aplicación del convenio colectivo. En resumen, la resolución tiene un carácter correctivo y busca garantizar la transparencia y la correcta aplicación del Convenio Colectivo de La Voz de Galicia, S.A.

Advertido error por omisión en el texto del Convenio Colectivo de La Voz de Galicia, S.A., registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 28 de agosto de 2008, en el «BOE» n.º 224, de 16 de septiembre de 2008.

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación del citado error.

Se han de publicar las Tablas salariales correspondientes al año 2008: Salarios año 2008 y Pluses año 2008.

Madrid, 2 de febrero de 2010.–El Director General de Trabajo, José Luís Villar Rodríguez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.