resolucionVigente

Resolución de 20 de diciembre de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso administrativo número 888/2004 interpuesto ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Tercera), y se emplaza a los interesados en el mismo.

BOE-A-2005-464·10 de enero de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica, dependiente de un ministerio no especificado, con fecha 20 de diciembre de 2004. Objeto principal: La resolución tiene dos objetivos principales: 1. Remitir el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso administrativo número 888/2004, interpuesto por Distribuciones Telemáticas Premiun, S.L. y otra entidad, a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Tercera). Este recurso impugna la Orden PRE/2410/2004, de 20 de julio, que a su vez modifica la Orden PRE/361/2002, de 14 de febrero, en lo referente a los derechos de los usuarios del servicio telefónico y los servicios de tarificación adicional. 2. Emplazar a terceros interesados en el mantenimiento de la Orden PRE/2410/2004. A quién afecta: Principalmente, a la Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera), a quien se remite el expediente. A Distribuciones Telemáticas Premiun, S.L. y la otra entidad que interpusieron el recurso contencioso administrativo. A todas aquellas personas físicas y jurídicas que se vean beneficiadas por la Orden PRE/2410/2004 o que tengan un interés directo en su mantenimiento. Estas personas son emplazadas a personarse en el proceso judicial. Indirectamente, a los usuarios del servicio telefónico y de servicios de tarificación adicional, ya que la Orden impugnada afecta a sus derechos. Disposiciones más relevantes: Se ordena la remisión del expediente administrativo a la Audiencia Nacional, cumpliendo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Se emplaza a los terceros interesados a comparecer ante la Audiencia Nacional en un plazo de nueve días a partir de la notificación o publicación de la resolución, conforme al artículo 49 de la misma ley. Este emplazamiento les permite defender sus intereses en el proceso judicial. La resolución hace referencia a dos Órdenes ministeriales (PRE/2410/2004 y PRE/361/2002) que regulan aspectos importantes relacionados con los derechos de los usuarios de servicios telefónicos y de tarificación adicional, lo que indica que el litigio tiene implicaciones para el sector de las telecomunicaciones y los consumidores.

L. y otra, contra la Orden PRE/2410/2004, de 20 de julio, que modifica la Orden PRE/361/2002, de 14 de febrero, en lo relativo a los derechos de los usuarios del servicio telefónico disponible y a los servicios de tarificación adicional. Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución.

-El Secretario General Técnico, Diego Chacón Ortiz.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.