resolucionVigente

Resolución de 20 de diciembre de 2018, de la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 2/439/2018, interpuesto contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de noviembre de 2018, ante el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta.

BOE-A-2018-18140·31 de diciembre de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno de España el 20 de diciembre de 2018. Su objeto principal es dar cumplimiento a un requerimiento del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, en relación con el recurso contencioso-administrativo número 2/439/2018. El recurso fue interpuesto por María de la O Martínez-Bordiu Franco y otros contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de noviembre de 2018. Este acuerdo del Consejo de Ministros ordenaba la continuación del procedimiento para cumplir con el artículo 16.3 de la Ley 52/2007, conocida como Ley de Memoria Histórica. Este artículo se refiere a la exhumación e identificación de los restos de personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la Dictadura. La resolución afecta principalmente a: El Tribunal Supremo, al remitirle el expediente administrativo. María de la O Martínez-Bordiu Franco y otros, como recurrentes. A todas aquellas personas físicas y jurídicas que pudieran verse afectadas por el Acuerdo del Consejo de Ministros impugnado, ya sea porque se hayan derivado o puedan derivarse derechos a su favor, o porque tengan un interés directo en el mantenimiento de dicho acuerdo. Las disposiciones más relevantes son: Se acuerda la remisión al Tribunal Supremo del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Acuerdo del Consejo de Ministros. Se emplaza a las personas físicas y jurídicas afectadas o interesadas en el mantenimiento del Acuerdo del Consejo de Ministros a comparecer y personarse ante el Tribunal Supremo en el plazo de nueve días a partir de la notificación o publicación de la resolución. Este emplazamiento es crucial para garantizar el derecho a la defensa y la participación en el proceso judicial de todos los interesados.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (Sección Cuarta), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por dña María de la O Martínez-Bordiu Franco y otros contra el Acuerdo de Consejo de Ministros de 8 de noviembre de 2018 por el que se ordena la continuación del procedimiento para dar cumplimiento a lo previsto por el artículo 16.3 de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

Madrid, 20 de diciembre de 2018.–La Secretaria General Técnica-Directora del Secretariado del Gobierno, Clara Mapelli Marchena.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.