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Resolución de 20 de marzo de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica las tablas salariales correspondientes a 2011 del Convenio colectivo del sector de fabricación de alimentos compuestos para animales.

BOE-A-2012-4581·2 de abril de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Dirección General de Empleo que registra y publica las tablas salariales de 2011 del Convenio colectivo del sector de fabricación de alimentos compuestos para animales. Afecta a las empresas y trabajadores del sector representados por CESFAC, UGT y CC.OO. Se publican los salarios base, pagas extras, primas de asistencia, gastos de desplazamiento y quebranto de moneda para diversas categorías profesionales.

Visto el contenido de las tablas salariales correspondientes al año 2011 del Convenio colectivo del sector de fabricación de alimentos compuestos para animales (código de Convenio número 99000275011981) que fue suscrito con fecha 2 de febrero de 2012, de una parte, por la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para Animales (CESFAC), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de marzo de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ANEXO V

Tablas salariales correspondientes a 2011 del Convenio colectivo del sector de fabricación de alimentos compuestos para animales

Fabricación de alimentos compuestos para animales-año 2011 (definitiva)

Se asignan al personal de las Industrias de alimentos compuestos para animales los salarios siguientes:

Prima de asistencia, gastos desplazamiento y quebrando de moneda

Euros

Salario base

Salario base + pagas extras año

Euros/día

Euros/mes

A) Personal técnico:

1. Titulado Superior

1.049,50

16.791,92

2. Titulado Grado Medio

1.015,17

16.242,78

3. No Titulado

949,27

15.188,26

4. Control de Calidad

924,48

14.791,75

B) Personal auxiliar de laboratorio:

1. Auxiliar de Laboratorio

855,67

13.690,63

2. Aspirante de Auxiliar de Laboratorio

674,29

10.788,74

C) Personal de informática:

1. Jefe de Equipo de Informática

1.015,17

16.242,78

2. Analista

949,27

15.188,26

3. Jefe de Explotación

932,46

14.919,51

4. Programador

910,28

14.564,44

5. Operador

875,56

14.009,07

D) Personal administrativo:

1. Jefe Administrativo

1.015,17

16.242,78

2. Oficial Administrativo de 1.ª

949,27

15,188,26

3. Oficial Administrativo de 2.ª

910,28

14.564,44

4. Auxiliar Administrativo

855,67

13.690,63

5. Aspirante Administrativo

674,29

10.788,74

E) Personal comercial:

1. Jefe de Ventas y/o Compras

1.015,17

16.242,78

2. Jefe de Zona

949,27

15.188,26

3. Promotor de Ventas

910,28

14.564,44

F) Personal de producción:

1. Jefe de fábrica

1.015,17

16.242,78

2. Encargado

30,50

14.792,50

3. Oficial de 1.ª

29,52

14.317,20

4. Oficial de 2.ª

28,99

14.060,15

5. Especialista

28,52

13.832,20

6. Peón

28,02

13.589.70

G) Personal de mantenimiento y transporte:

1. Encargado

30,50

14.792,50

2. Oficial de 1..ª (Chófer)

29,89

14.496,65

3. Oficial de 1.ª (Resto Especialidades)

29,52

14.317,20

4. Oficial de 2.ª

28,99

14.060,15

5. Ayudante

28,52

13.832,20

6. Aprendiz

22,14

10.737,90

H) Personal subalterno:

1. Ordenanza

855,67

13.690,72

2. Vigilante

849,81

13.596,96

3. Botones

674,29

10.788,64

4. Personal de Limpieza

28,02

13.589,70

5. Personal de Limpieza (1/2 jornada)

14,01

6.794,85

2011

Definitiva

Artículo 22.º Prima de asistencia

7,10

Artículo 41.º Gastos de desplazamiento:

Comida

12,76

Cena

12,76

Alojamiento

42,52

Desayuno

4,25

Artículo 42.º Quebranto de moneda

26,57

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.