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Resolución de 21 de diciembre de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los interesados en el procedimiento abreviado 297/2006, interpuesto por doña Juncal Díaz Lázaro sobre consolidación de empleo para acceso a plazas de Pediatría-Puericultura en Equipos de Atención Primaria.

BOE-A-2007-1463·23 de enero de 2007·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de 21 de diciembre de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los interesados en el procedimiento abreviado 297/2006, interpuesto por doña Juncal Díaz Lázaro sobre consolidación de empleo para acceso a plazas de Pediatría-Puericultura en Equipos de Atención Primaria.

De conformidad con lo establecido en el art. 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, se participa que ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo núm. 10, se tramita el Procedimiento Abreviado núm.

ª Juncal Díaz Lázaro contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición que interpuso frente a la resolución de fecha 29 de diciembre de 2005, por la que se hacen públicas las calificaciones y destinos provisionales otorgadas por el Tribunal en el proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Pediatría-Puericultura en Equipos de Atención Primaria en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, convocado por Orden de 4 de diciembre de 2001. Lo que se hace público a efectos de la notificación prevista en el mencionado precepto de la citada Ley Jurisdiccional, a fin de que todas aquellas personas físicas y jurídicas que tengan un interés legítimo en el mantenimiento del acto impugnado puedan comparecer y personarse, como demandados, en el expresado procedimiento, en el plazo de nueve días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en la forma establecida en la repetida Ley.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.