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Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de diciembre de 2022, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

BOE-A-2023-57·3 de enero de 2023·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución de la Secretaría General de Universidades que publica un Acuerdo del Consejo de Ministros por el cual se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). El objeto principal del documento es oficializar nuevos títulos de Grado de universidades españolas, permitiendo que sean válidos en todo el territorio nacional con efectos académicos y administrativos, y habilitando para el ejercicio de profesiones reguladas, si corresponde. Afecta principalmente a: Las universidades que han elaborado los planes de estudio de los títulos mencionados. Los futuros estudiantes que deseen cursar estos Grados. El Ministerio de Universidades, encargado de velar por el cumplimiento del acuerdo. La sociedad en general, al garantizar la validez de los títulos universitarios. Las disposiciones más relevantes son: Se declara el carácter oficial de los títulos de Grado especificados en el anexo del acuerdo. Se ordena la inscripción de estos títulos en el RUCT, lo que implica su acreditación inicial. Se obliga a las universidades a publicar los planes de estudio de los títulos en el BOE y en el diario oficial de la comunidad autónoma correspondiente. Se establece la necesidad de renovar la acreditación de los títulos según lo previsto en el Real Decreto 822/2021. Se indica cómo deben ser expedidos los títulos, mencionando el acuerdo del Consejo de Ministros. Se habilita al Ministro de Universidades para adoptar las medidas necesarias para la aplicación del acuerdo. El anexo del documento incluye una lista de los títulos de Grado que se oficializan, ordenados por ramas de conocimiento y universidades. En este caso, se mencionan el "Graduado o Graduada en Estudios Policiales" de la Universidad de Salamanca y el "Graduado o Graduada en Fundamentos de la Arquitectura" de la Universidad Católica San Antonio.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 20 de diciembre de 2022, ha aprobado el Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad dispone, en su artículo 27, que los Acuerdos del Consejo de Ministros por los que se establezca el carácter oficial de los títulos universitarios serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado».

En cumplimiento del citado precepto, esta Secretaría General de Universidades ha resuelto disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado acuerdo, como anexo a la presente resolución.

Madrid, 21 de diciembre de 2022.–El Secretario General de Universidades, José Manuel Pingarrón Carrazón.

ANEXO

Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de determinados Títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos

El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, en su artículo 5.3, determina que los planes de estudios de las enseñanzas universitarias oficiales serán elaborados por las universidades, de acuerdo con la normativa vigente y aprobados por sus órganos de gobierno, y formarán parte de la memoria que las universidades presenten para su verificación.

Dichos planes de estudios habrán de ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por las correspondientes Comunidades Autónomas, de conformidad con lo establecido en el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

En virtud de lo anterior, determinadas universidades han elaborado los planes de estudios de enseñanzas que conducirán a la obtención de diversos títulos de Grado. Estos planes de estudios han obtenido resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades y autorización para su implantación de la correspondiente comunidad autónoma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, procede elevar a Consejo de Ministros el acuerdo de establecimiento del carácter oficial de los títulos y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

En su virtud, a propuesta del Ministro de Universidades, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 20 de diciembre de 2022, acuerda:

Primero. Establecimiento del carácter oficial de los títulos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 27.1 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, se declara el carácter oficial de los títulos de Grado que se relacionan en el anexo del acuerdo.

Estos títulos tienen carácter oficial y son válidos en España, cuentan con efectos académicos y administrativos, y en el caso de que así resulte de la normativa aplicable, habilitan para el ejercicio de determinadas profesiones reguladas.

Segundo. Inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Los títulos a los que se refiere el presente acuerdo serán inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Dicha inscripción llevará aparejada la consideración inicial de título acreditado a los efectos legal y reglamentariamente establecidos.

Tercero. Publicación del plan de estudios.

De conformidad con el artículo 27.4 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, el Rector o la Rectora de la respectiva universidad ordenará la publicación de los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos incluidos en el referido anexo, en el «Boletín Oficial del Estado» y en el diario oficial de la comunidad autónoma que corresponda.

Cuarto. Renovación de la acreditación de los títulos.

Los títulos universitarios oficiales objeto del acuerdo, a fin de mantener su acreditación, deberán someterse al procedimiento de renovación de la misma previsto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre.

Quinto. Expedición del título.

Los títulos serán expedidos en nombre del Rey por la Rectora o el Rector de la universidad correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, con expresa mención del presente acuerdo.

Sexto. Habilitación para la adopción de medidas para la aplicación del acuerdo.

Por el Ministro de Universidades, en el ámbito de sus competencias, se adoptarán las medidas necesarias para la aplicación del presente acuerdo.

ANEXO

Universidades civiles

I. Relación de títulos universitarios oficiales de Grado ordenados por ramas de conocimiento y universidades:

Ciencias Sociales y Jurídicas

Universidad de Salamanca.

2504464 Graduado o Graduada en Estudios Policiales.

Ingeniería y Arquitectura

Universidad Católica San Antonio.

2504363 Graduado o Graduada en Fundamentos de la Arquitectura.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.