resolucionVigente

Resolución de 21 de febrero de 2005, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con la Ley de Cantabria 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria.

BOE-A-2005-3054·23 de febrero de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial que ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del Acuerdo alcanzado por la Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Cantabria. El objeto principal del Acuerdo es iniciar negociaciones para resolver las discrepancias existentes entre ambas administraciones en relación con varios artículos de la Ley de Cantabria 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria. Este Acuerdo afecta directamente a la Administración General del Estado y a la Comunidad Autónoma de Cantabria, ya que son las partes involucradas en la Comisión Bilateral de Cooperación. Indirectamente, afecta a los intereses relacionados con la gestión y regulación de los puertos de Cantabria, incluyendo a las empresas y usuarios que operan en dichos puertos. Las disposiciones más relevantes del Acuerdo son: Inicio de negociaciones: Se acuerda iniciar un proceso de negociación para resolver las discrepancias identificadas en los artículos específicos de la Ley de Puertos de Cantabria. Designación de un grupo de trabajo: Se crea un grupo de trabajo conjunto para analizar las discrepancias y proponer soluciones a la Comisión Bilateral. Comunicación al Tribunal Constitucional: Se establece la obligación de comunicar el Acuerdo al Tribunal Constitucional antes de una fecha límite (25 de febrero) para evitar posibles conflictos de competencias. Publicación oficial: Se ordena la publicación del Acuerdo tanto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) como en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) para garantizar su transparencia y conocimiento público. En resumen, el documento busca resolver las diferencias interpretativas o de aplicación de la Ley de Puertos de Cantabria entre el Estado y la Comunidad Autónoma, evitando así posibles litigios y garantizando una gestión portuaria coordinada y eficiente.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado, dispone la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 21 de febrero de 2005.-El Secretario de Estado, José Luis Méndez Romeu.

ANEXO Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Cantabria en relación con la Ley de Cantabria 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Cantabria, en su reunión celebrada el día 14 de febrero de 2005, ha adoptado el siguiente Acuerdo: 1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas sobre los artículos 2.1 en conexión con el 3.2; 7.b); 11; 18; 19; 21; 25.2.e); 38; 52; 54.2.c); 54.3.d) y 63.1 de la Ley de Cantabria 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria.

2.º Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda. 3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional antes del próximo 25 de febrero, por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Cantabria.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.