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Resolución de 21 de octubre de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de los acuerdos referentes a la actualización y revisión salarial correspondientes al año 2003 del convenio colectivo estatal de hormas, tacones, cuñas, pisos y cambrillones de madera y corcho.

BOE-A-2005-355·7 de enero de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que aprueba la inscripción y publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de los acuerdos de actualización y revisión salarial para el año 2003 del Convenio Colectivo Estatal de Hormas, Tacones, Cuñas, Pisos y Cambrillones de Madera y Corcho. El objeto principal de la resolución es dar validez legal y publicidad a los acuerdos alcanzados entre la Asociación Nacional de Fabricantes de Hormas y Tacones (en representación de las empresas del sector) y la Organización Sindical MCA-UGT (en representación de los trabajadores). Esta resolución afecta directamente a todas las empresas y trabajadores incluidos dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Estatal de Hormas, Tacones, Cuñas, Pisos y Cambrillones de Madera y Corcho. Las disposiciones más relevantes son: Aprobación de la revisión salarial: Se aprueban las tablas salariales revisadas para el año 2003, especificando el salario diario y mensual revisado para cada categoría profesional, así como el importe de los atrasos a pagar por día trabajado. Inscripción en el Registro: Se ordena la inscripción de la revisión salarial en el registro correspondiente de la Dirección General de Trabajo, lo que le otorga validez legal. Publicación en el BOE: Se ordena la publicación de la revisión salarial en el Boletín Oficial del Estado, lo que garantiza su conocimiento público y general. Tablas salariales: El documento incluye las tablas salariales detalladas para el año 2003, mostrando los salarios revisados para diversas categorías profesionales dentro del sector, tanto para trabajadores de la fabricación de hormas como de tacones, así como para el personal administrativo y subalterno. Se especifican los salarios diarios y mensuales, así como los atrasos correspondientes.

Visto el texto de los acuerdos referentes a la actualización y revisión salarial correspondientes al año 2003 del Convenio Colectivo Estatal de Hormas, Tacones, Cuñas, Pisos y Cambrillones de Madera y Corcho (Código de Convenio nº 9902575) que fue suscrito con fecha 5 de julio de 2004 de una parte por la Asociación Nacional de Fabricantes de Hormas y Tacones en representación de las empresas del sector y de otra por la Organización Sindical MCA-UGT en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 21 de octubre de 2004.-El Director general, Esteban Rodríguez Vera.

Actualización y revisión salarial correspondiente al año 2003

Salario año 2003

Salario 2003 revisado

Atrasos día

Encargado

32,59

32,79

0,20

Modelista

29,02

29,19

0,17

Oficial Maquinista de 1.ª

26,11

26,27

0,16

Oficial Maquinista de 2.ª

23,45

23,59

0,14

Tarugador

22,91

23,05

0,14

oficial Chapista de 1.ª

26,11

26,27

0,16

Oficial Chapista de 2.ª

23,45

23,59

0,14

Oficial Despuntador de 1.ª

26,11

26,27

0,16

Oficial Despuntador de 2.ª

23,45

23,59

0,14

Ayudante Despuntador

22,48

22,62

0,13

Vaciador Casador de 1.ª

26,11

26,27

0,16

Vaciador Casador de 2.ª

23,45

23,59

0,14

Ayudante vaciador casador

22,48

22,62

0,13

Oficial de 1.ª Lijador

26,11

26,27

0,16

Oficial de 2.ª linador

23,45

23,59

0,14

Ayudante de Lijador

22,48

22,62

0,13

Afilador

26,11

26,27

0,16

Contrato formativo

16,32

16,42

0,10

peón

22,48

22,62

0,13

Rematador

22,48

22,62

0,13

Tacones:

Encargado

32,59

32,79

0,20

oficial Tornero de 1.ª

26,11

26,27

0,16

Oficial Tornero de 2.ª

23,45

23,59

0,14

Oficial Aserrador de 1.ª

26,11

26,27

0,16

Oficial aserrador de 2.ª

23,45

23,59

0,14

Lijador

23,45

23,59

0,14

Pulidor embalador

23,45

23,59

0,14

Ayudante

21,11

21,24

0,13

Contrato formativo

16,32

16,42

0,10

Peón

22,48

22,62

0,13

Salario año 2003

-

Euros/mes

Salario 2003 revisado

-

Euros/mes

Atrasos día

Administ. y Subalternos:

Jefe

1103,11

1109,73

6,62

Oficial de primera

985,94

991,86

5,92

Oficial de segunda

908,88

914,33

5,45

Auxiliar

768,67

773,29

4,61

Telefonista

708,47

712,72

4,25

Mecanógrafo/a

708,47

712,72

4,25

Capataz

708,47

712,72

4,25

almacenero

678,60

682,67

4,07

Pesador basculero

678,60

682,67

4,07

Listero

674,92

678,97

4,05

Guarda vigilante

674,92

678,97

4,05

Portero ordenanza

674,92

678,97

4,05

Conductor de vehículos

710,06

714,32

4,26

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.