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Resolución de 21 de septiembre de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo por el que se prorroga para el año 2010 el Convenio de colaboración con la Ciudad de Melilla, para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo.

BOE-A-2010-14986·30 de septiembre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General Técnica que publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) un Protocolo de Prórroga de un convenio de colaboración preexistente. Objeto principal: Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2010 el Convenio de colaboración firmado el 26 de septiembre de 2005 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (ahora Ministerio de Trabajo e Inmigración) y la Ciudad de Melilla. El convenio original tiene como objetivo el desarrollo de actuaciones conjuntas para la acogida e integración de personas inmigrantes, así como el refuerzo educativo de este colectivo. A quién afecta: Principalmente, al Ministerio de Trabajo e Inmigración y a la Ciudad de Melilla, estableciendo sus compromisos y obligaciones financieras para la ejecución de las actuaciones previstas. Indirectamente, beneficia a la población inmigrante de Melilla que se beneficia de los programas de acogida, integración y refuerzo educativo. Disposiciones más relevantes: Prórroga del Convenio: Se extiende la vigencia del convenio original hasta el 31 de diciembre de 2010, manteniendo los términos establecidos en el convenio original. Actuaciones a desarrollar: Las actuaciones se ajustan al "Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes 2010" y se detallan en un Plan de Acción 2010, aprobado por ambas partes. Financiación: Se especifica el coste total del programa (633.973,85 euros) y la aportación de cada parte: 443.780 euros por parte del Ministerio de Trabajo e Inmigración y 190.193,85 euros por parte de la Ciudad de Melilla. Se indica que la aportación de la Ciudad de Melilla debe suponer, como mínimo, el 30% del coste total de las actuaciones. Compromisos de las partes: El Ministerio se compromete a colaborar en el desarrollo, seguimiento y evaluación de las actuaciones. La Ciudad de Melilla debe comunicar cualquier modificación en el Plan de Acción. Seguimiento y evaluación: La Ciudad de Melilla debe remitir información periódica al Ministerio para el seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan de Acción. Disposición adicional: Se remite a las cláusulas del convenio original de 2005 en lo no dispuesto expresamente en el Protocolo de Prórroga, especialmente en lo referente a la justificación del gasto, resolución del convenio y jurisdicción aplicable.

Suscrito el Protocolo por el que se prorroga para el año 2010 el Convenio de colaboración suscrito el 26 de septiembre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Melilla para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 21 de septiembre de 2010.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo e Inmigración, José Antonio Panizo Robles.

ANEXO

Protocolo por el que se prorroga para el año 2010 el Convenio de colaboración suscrito el 26 de septiembre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Melilla para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo

En Melilla, a 29 de junio de 2010

REUNIDOS

De una parte, don Celestino Corbacho Chaves, Ministro de Trabajo e Inmigración, nombrado por Real Decreto 432/2008, de 14 de abril, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, doña María Antonia Garbín Espigares, Consejera de Bienestar Social y Sanidad, nombrada por Decreto del Presidente núm. 33, de 16 de julio de 2007 (BOME extraordinario núm. 13, de 16 de julio), en nombre y representación de la Ciudad de Melilla, en uso de las competencias que le corresponden según Decretos del Consejo de Gobierno de distribución de competencias de 20 y 27 de julio de 2007 («BOME» extraordinario núm. 14, de 25 de julio, y «BOME» núm. 4423, de 7 de agosto, respectivamente).

Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen plena competencia y capacidad para firmar el presente Protocolo de Prórroga del Convenio reseñado (en adelante, Protocolo de Prórroga), y

EXPONEN

Primero.–Que, conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Melilla suscribieron con fecha 26 de septiembre de 2005 un Convenio de colaboración para el desarrollo conjunto de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes, así como de refuerzo educativo de los mismos.

Segundo.–Que, de acuerdo a la voluntad manifestada en la cláusula décima del citado Convenio de colaboración, el mismo se prorroga de forma automática, de no mediar denuncia expresa de las partes, en los mismos términos establecidos y acompañado de los correspondientes Anexos, en los que se detallarán las nuevas actuaciones a realizar y las cuantías a aportar por ambas partes en este ejercicio.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo de Prórroga que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.–Prórroga del Convenio de colaboración.

En virtud de la cláusula décima del citado Convenio de colaboración suscrito el 26 de septiembre de 2005, la vigencia del mismo queda prorrogada hasta el 31 de diciembre del año 2010 y su correspondiente ejercicio económico al que se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

Segunda.–Contenido y programa de actuaciones a desarrollar.

Las actuaciones concretas que conlleva el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga se ajustan a lo señalado en el «Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes 2010» (en adelante, Marco), acordado en la reunión del día 25 de marzo de 2010 por la Conferencia Sectorial de la Inmigración, que se incorpora como Anexo 1 al presente Protocolo de Prórroga. Dichas actuaciones deben estar enmarcadas en los ejes, medidas y líneas de intervención que en dicho documento se señalan.

Las actuaciones a desarrollar por la Ciudad de Melilla en el presente ejercicio, se recogen en el Plan de Acción 2010. Dicho plan ha sido aprobado de común acuerdo por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y por dicha Ciudad, con anterioridad a la firma de este documento, aprobación que se formaliza por medio de un Acuerdo entre la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, a través de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes y la Consejería de Bienestar Social y Sanidad, a través de la Dirección General de Servicios Sociales, según el documento adjunto.

Tercera.–Coste del programa y aportaciones de las partes.

1. El coste total de las actuaciones objeto del presente Protocolo de Prórroga es de seiscientos treinta y tres mil novecientos setenta y tres con ochenta y cinco euros (633.973,85 euros).

El Ministerio de Trabajo e Inmigración aporta como participación a la financiación de este Protocolo de Prórroga con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2010, consignada en la aplicación presupuestaria 19.07.231H.455.00, la cantidad de cuatrocientos cuarenta y tres mil setecientos ochenta euros (443.780 euros).

La Ciudad de Melilla con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2010, aporta la cantidad de ciento noventa mil ciento noventa y tres con ochenta y cinco euros (190.193,85 euros). La aportación de la Comunidad Autónoma supone, como mínimo, el treinta por ciento del coste total de las actuaciones a desarrollar de Acogida e Integración y de Refuerzo Educativo. Esta cantidad procede de las siguientes partidas presupuestarias:

2010.05.23000.22199.

2010.05.23200.22199.

2010.05.23304.22199.

2010.03.92001.13100.

2010.03.92000.16000.

2. La cofinanciación de las actuaciones se hará siguiendo lo señalado a continuación:

El Ministerio de Trabajo e Inmigración aporta la cantidad de cuatrocientos cuarenta y tres mil setecientos ochenta euros (443.780 euros), para las actuaciones de Acogida e Integración.

Cuarta.–Compromisos de las partes.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración se compromete a prestar su colaboración en el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga y principalmente, en lo referido al seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el Plan de Acción 2010.

Quinta.–Modificaciones en el desarrollo de las actuaciones.

La Ciudad de Melilla deberá comunicar cualquier propuesta de modificación que pudiera surgir durante el desarrollo y ejecución de las actuaciones comprometidas en el Plan de Acción, tanto de contenido como de costes, con el fin de acordar el Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y esta Ciudad, la aceptación expresa de dicha variación.

Sexta.–Seguimiento y evaluación.

En cumplimiento de lo señalado en la cláusula novena del convenio de colaboración, la Comunidad Autónoma remitirá periódicamente al Ministerio de Trabajo e Inmigración la información necesaria que permita conocer el desarrollo de actuaciones, así como aquella otra información requerida a efectos del seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan de Acción.

Disposición adicional.

En lo no dispuesto expresamente en este Protocolo de Prórroga, será de aplicación lo establecido en el Convenio de colaboración suscrito en 2005, en especial lo que se refiere a la justificación del gasto (cláusula quinta del Convenio), resolución del Convenio (cláusula undécima del Convenio) y a la naturaleza y jurisdicción (cláusula duodécima del Convenio).

Y en prueba de conformidad, firman el presente Protocolo de Prórroga en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración (P.D. Orden Ministerial Comunicada de 31 de marzo de 2010), Anna Terrón i Cussi.–Por la Ciudad de Melilla, Consejera de Bienestar Social y Sanidad, María Antonia Garbín Espigares.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.