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Resolución de 21 de septiembre de 2020, de la Secretaría del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 4/849/2020, interpuesto ante la Audiencia Nacional contra la Resolución de 3 de abril de 2020, sobre el desarrollo de los mecanismos de mercado para la asignación de capacidad en el sistema gasista (RDC/DE/1/20).

BOE-A-2020-11723·3 de octubre de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Su objeto principal es emplazar a terceros interesados en el recurso contencioso-administrativo número 4/849/2020, interpuesto por REPSOL LNG HOLDING, S.A. ante la Audiencia Nacional. A quién afecta: Afecta a todas aquellas personas o entidades que tengan un interés legítimo en la Resolución de la CNMC de 3 de abril de 2020, la cual trata sobre el desarrollo de los mecanismos de mercado para la asignación de capacidad en el sistema gasista. Estas personas o entidades, si lo desean, pueden personarse como demandados en el proceso judicial. Disposiciones más relevantes: Existencia del Recurso: Se informa de la existencia de un recurso contencioso-administrativo interpuesto por REPSOL LNG HOLDING, S.A. contra la Resolución de la CNMC sobre la asignación de capacidad en el sistema gasista. Emplazamiento a Interesados: Se emplaza formalmente a los interesados a personarse como demandados en el proceso judicial, si así lo consideran conveniente para la defensa de sus derechos. Plazo: Se establece un plazo de nueve días, a partir de la publicación de la resolución, para que los interesados se personen en el procedimiento. Fundamento Legal: La resolución se basa en el artículo 49 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que establece el procedimiento para emplazar a los interesados en un recurso contencioso-administrativo. En resumen, la resolución es un trámite procesal que busca garantizar el derecho a la defensa de todos aquellos que puedan verse afectados por la decisión judicial que se tome en relación con la Resolución de la CNMC sobre el mercado del gas.

A. ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de 3 de abril de 2020, sobre el desarrollo de los mecanismos de mercado para la asignación de capacidad en el sistema gasista, recurso que se sigue por la Sección 4 de la mencionada Sala en el marco del procedimiento ordinario 4/849/2020. De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, se emplaza a los interesados para que, si a su derecho conviene, puedan personarse como demandados en el plazo de los nueve días siguientes a la publicación de esta resolución.

–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Joaquim Hortalà i Vallvé.

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