Visto el texto del Anexo VII sobre las tablas salariales del 2.º ciclo de la ESO sin régimen de concierto para el año 2006 del V Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (publicado en el B.O.E. de 17.1.2007) (Código de Convenio n.º 9908725), que fue suscrito con fecha 6 de febrero de 2007, de una parte por las Asociaciones empresariales E y G, CECE y ASPEC en representación de las empresas del sector, y de otra por los Sindicatos FSIE, UGT, CC.OO., USO y CIG en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción del citado Anexo VII en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 22 de febrero de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL V CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS
Asistentes:
Por EyG:
Luis Centeno.
Carmen Estévez. Iván Hodar.
Por CECE:
Manuel Lobo.
Por FSIE:
Jesús Pueyo.
Milagros de Andrés. Joaquín Moreno.
Por USO:
José Carlos Garcés.
Carlos Quirós.
Por UGT:
Paloma Martínez.
Nieves Cenzual. M.ª José Alonso.
Por CCOO:
Ana Crespo.
Pilar Moreno.
CIG:
Belén Callejo.
En Madrid siendo las 11 h. 30 m del día 6 de febrero de 2007, se reúnen en la sede de Educación y Gestión, C/ Hacienda de Pavones 5, 2.º izda., las personas reseñadas en representación de sus respectivas organizaciones constituyéndose en Comisión Negociadora en base a la representación fijada en el V Convenio Colectivo de Empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, con objeto de aprobar las tablas salariales del 2.º ciclo de la ESO sin régimen de concierto para el año 2006 con un incremento el 3 % en salario y antigüedad.
Preside la reunión la organización empresarial EyG y la Secretaría de Actas la asume el sindicato FSIE. Las tablas salariales son aprobadas por las organizaciones empresariales EyG, CECE y ASPEC y por las sindicales FSIE, UGT y CCOO todas ellas firmantes del V Convenio. Las tablas salariales del 2.º ciclo de la ESO sin régimen de concierto aprobadas se remiten al BOE para su publicación e inclusión en el cuerpo del V Convenio Colectivo de Empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos como Anexo VII. Sin más asuntos que tratar se da por concluida la reunión.
ANEXO VII
3.er y 4.º curso de E.S.O. (En régimen sin concierto)
Código
Categoría
Salario
Trienio
1.11.1
Director
a) 1.570,35
a) 42,87
b) 1.356,62
b) 17,16
1.11.2.
Subdirector
a) 1.570,35
a) 42,87
b) 1.313,38
b) 15,06
1.11.3.
Jefe de Estudios
a) 1.570,35
a) 42,87
b) 1.313,38
b) 15,06
1.11.4.
Jefe de Departamento
a) 1.570,35
a) 42,87
b) 1.254,51
b) 12,23
Profesor Titular
1.570,35
42,87
Profesor adjunto, agregado o auxiliar
1.473,89
42,87
Orientador Educativo.
1.570,35
42,87