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Resolución de 22 de mayo de 2019, de la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 2/88/2019, interpuesto ante el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, al haberse acordado su ampliación al Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de marzo de 2019.

BOE-A-2019-7832·25 de mayo de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno de España. Su objeto principal es ordenar la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo número 2/88/2019 al Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta. Este recurso fue interpuesto por la Fundación Nacional Francisco Franco y ha sido ampliado para incluir el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de marzo de 2019. La resolución afecta principalmente a la Fundación Nacional Francisco Franco, como parte demandante en el recurso contencioso-administrativo. También afecta al Consejo de Ministros, como emisor del acuerdo impugnado, y a todas aquellas personas físicas y jurídicas que puedan haber derivado o derivar derechos del Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de marzo de 2019, o que tengan un interés directo en su mantenimiento. Las disposiciones más relevantes son: Orden de Remisión del Expediente: Se ordena la remisión del expediente administrativo al Tribunal Supremo, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Emplazamiento a Terceros Interesados: Se emplaza a todas las personas físicas y jurídicas que puedan tener un interés en el mantenimiento del Acuerdo del Consejo de Ministros impugnado para que comparezcan y se personen en el proceso judicial ante el Tribunal Supremo en un plazo de nueve días a partir de la notificación o publicación de la resolución, conforme al artículo 49 de la Ley 29/1998. En resumen, la resolución es un trámite procesal necesario para que el Tribunal Supremo pueda analizar el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Acuerdo del Consejo de Ministros, garantizando el derecho a la defensa y la participación de todos los interesados en el proceso.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (BOE de 14 de julio), y en cumplimiento de lo solicitado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Cuarta), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo en el encabezamiento citado, al haberse acordado su ampliación, interpuesto por la Fundación Nacional Francisco Franco contra el Acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de marzo de 2019, por el que se adoptan medidas complementarias en el marco de lo previsto por el apartado segundo del Acuerdo de 15 de febrero de 2019, por el que se resuelve el procedimiento para dar cumplimiento a lo previsto por el artículo 16.3 de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

Madrid, 22 de mayo de 2019.–La Secretaria General Técnica-Directora del Secretariado del Gobierno, Clara Mapelli Marchena.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.