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Resolución de 22 de noviembre de 2019, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 1/0000306/2019, interpuesto ante el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, sobre inactividad reglamentaria por obligación de desarrollo normativo de la Ley 21/2009, de 4 de diciembre, de creación del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática, y la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.

BOE-A-2019-17514·4 de diciembre de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica del gobierno español, con fecha 22 de noviembre de 2019. Su objeto principal es emplazar a los interesados en el recurso contencioso-administrativo número 1/0000306/2019, interpuesto ante el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo. El recurso fue interpuesto por el Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía y se basa en la inactividad reglamentaria del gobierno. El colegio alega que el gobierno ha incumplido su obligación de desarrollar normativamente la Ley 21/2009, de creación del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática, y la Ley 9/2014, General de Telecomunicaciones, tal y como se establece en sus respectivas disposiciones finales. Esta resolución afecta principalmente a cualquier persona o entidad que tenga un interés legítimo en el resultado del recurso contencioso-administrativo, ya que les ofrece la oportunidad de personarse como demandados ante el Tribunal Supremo. Las disposiciones más relevantes son: Remisión del expediente administrativo: Se acuerda la remisión del expediente administrativo al Tribunal Supremo. Emplazamiento a los interesados: Se emplaza a todos los interesados a personarse como demandados ante el Tribunal Supremo en un plazo de nueve días a partir de la publicación de la resolución. Fundamento legal:** La resolución se basa en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En resumen, la resolución es un trámite procesal que permite a terceros interesados participar en un litigio ya iniciado contra el gobierno por su inactividad reglamentaria en materia de ingeniería técnica en informática y telecomunicaciones.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa se acuerda la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo del expediente administrativo correspondiente al Recurso Contencioso-Administrativo número 1/0000306/2019, interpuesto por Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía, contra la inactividad reglamentaria en la que incurre el gobierno, consistente en la ausencia de previsión reglamentaria e incumplimiento de desarrollo normativo expresamente establecido por la Disposición Final Primera de la Ley 21/2009, de 4 de diciembre, de creación del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática, así como por la Disposición Adicional Quinta de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se acuerda emplazar a todos aquellos que se encuentren interesados en aquel, a fin de que puedan personarse como demandados ante la referida Sala, en el plazo de los nueve días siguientes a la publicación de la presente Resolución.

Madrid, 22 de noviembre de 2019.–El Secretario General Técnico, José María Alonso Monforte.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.