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Resolución de 23 de mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la actualización salarial para 2017, 2018 y 2019 del VI Convenio colectivo general de ámbito nacional para el sector de aparcamientos y garajes.

BOE-A-2019-8223·3 de junio de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que aprueba y ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del acta de la Comisión Negociadora del VI Convenio Colectivo General de ámbito nacional para el sector de aparcamientos y garajes. El objeto principal del acta es la actualización salarial para los años 2017, 2018 y 2019, en base a la aplicación de las cláusulas de revisión salarial contenidas en el convenio colectivo, que vinculan el incremento salarial al Índice de Precios al Consumidor (IPC) real. Esta resolución afecta a todas las empresas y trabajadores incluidos dentro del ámbito de aplicación del VI Convenio Colectivo General para el sector de aparcamientos y garajes a nivel nacional. Las disposiciones más relevantes son: Aprobación de la actualización salarial: Se aprueba el incremento salarial para los años 2017, 2018 y 2019, aplicando el porcentaje correspondiente a la diferencia entre el IPC real y el porcentaje prefijado en el convenio para 2017, y el IPC real para 2018 y 2019. Publicación de las tablas salariales: Se adjuntan al acta las tablas salariales actualizadas para cada uno de los años mencionados, que reflejan los salarios mínimos de garantía para el sector. Plazo para el pago de atrasos: Se establece que el pago de los posibles atrasos derivados de la actualización salarial se realizará en la mensualidad siguiente a la publicación del acta en el BOE. Autorización para trámites: Se faculta a una persona específica para realizar los trámites necesarios para el depósito, registro y publicación del acta. En resumen, la resolución oficializa la actualización salarial del sector de aparcamientos y garajes, garantizando que los salarios se ajusten a la evolución del IPC según lo estipulado en el convenio colectivo.

Visto el texto del Acta de 20 de marzo de 2019 en la que se contiene el acuerdo de actualización salarial para 2017, 2018 y 2019 del VI Convenio colectivo general de ámbito nacional para el sector de aparcamientos y garajes (código de convenio n.º 99011445011900), que fue suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio de la que forman parte la asociación empresarial ASESGA, en representación de las empresas del sector, y las organizaciones sindicales CC.OO. y ,UGT en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de mayo de 2019.–El Director general de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VI CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE ÁMBITO NACIONAL PARA EL SECTOR DE APARCAMIENTOS Y GARAJES

En Madrid, siendo las 13,30 horas del día 20 de marzo de 2019, en la sede de ASESGA, se reúnen las personas que a continuación se relacionan, en las representaciones que se indican:

POR ASESGA:

Sara Blanco Gutiérrez.

Ana Herrera Couceiro.

Amparo Revuelta de Rojas.

Por Comisiones Obreras:

José Antonio Fernández Redondo.

Amaya Amilibia Ortiz.

Por Unión General de Trabajadores:

Diego Buenestado García.

Emilio Cardero Millán.

El objeto de la reunión, previamente conocido por las partes, es proceder a revisar y actualizar las tablas salariales aplicables para los años 2017, 2018 y 2019.

ACUERDOS

Primero.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 54 del Convenio, habiendo sido el IPC real general del año 2016 de un 1,6%, se procede a incrementar en la diferencia entre ese porcentaje y el 1,5% prefijado en el artículo, esto es, incrementar en un 0,1% los salarios mínimos de garantía recogidos en el artículo 54 del Convenio, para el año 2017.

Se adjunta a este acta la correspondiente tabla salarial.

Segundo.

Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 19.4 del Convenio, habiendo sido el IPC real general del año 2017 de un 1,1%, se procede a incrementar en dicho porcentaje los salarios mínimos de garantía recogidos en el artículo 54 del Convenio, para el año 2018.

Se adjunta a este acta la correspondiente tabla salarial.

Tercero.

Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 19.4 del Convenio, habiendo sido el IPC real general del año 2018 de un 1,2%, se procede a incrementar en dicho porcentaje los salarios mínimos de garantía recogidos en el artículo 54 del Convenio, para el año 2019.

Se adjunta a este acta la correspondiente tabla salarial.

Cuarto.

Se acuerda como fecha de abono de los posibles atrasos, si los hubiere, la mensualidad siguiente a la fecha de la publicación de este acta en el BOE.

Quinto.

Se acuerda facultar a doña Ana Herrera Couceiro con DNI 33.502.490T para que en nombre de esta Comisión realice cuantas gestiones sean necesarias para el depósito, registro y publicación por los organismos competentes de esta acta.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 14:00 horas.

ANEXO: TABLAS SALARIOS MÍNIMOS DE GARANTÍA AÑOS 2017, 2018 Y 2019

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.