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Resolución de 24 de abril de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 4 de febrero de 2009, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo estatal del sector de fabricantes de yesos, escayolas, cales y sus prefabricados.

BOE-A-2009-7503·5 de mayo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que tiene como objeto principal la corrección de errores detectados en el texto del III Convenio Colectivo estatal del sector de fabricantes de yesos, escayolas, cales y sus prefabricados, previamente registrado y publicado el 4 de febrero de 2009. Esta resolución afecta directamente a los trabajadores y empleadores del sector de fabricantes de yesos, escayolas, cales y sus prefabricados en todo el territorio español, ya que el convenio colectivo establece las condiciones laborales que rigen sus relaciones. La disposición más relevante de esta resolución es la adición de información faltante en la tabla de niveles salariales del convenio colectivo. Específicamente, se añade el nivel XI (Listero, peón especializado) con sus correspondientes salarios base diarios, pluses de convenio, distancia y transporte (tanto diarios como mensuales), así como el importe diario de las pagas extraordinarias y vacaciones. Esta corrección asegura la correcta aplicación del convenio colectivo y la transparencia en la determinación de las retribuciones de los trabajadores del nivel XI.

Advertidos errores en el texto del III Convenio Colectivo estatal del sector de fabricantes de yesos, escayolas, cales y sus prefabricados, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 4 de febrero de 2009, en el BOE n.º 43 de 19 de febrero de 2009.

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.

En la página 17987, Gerona 2008 y a continuación del nivel X, hay que añadir:

«Gerona 2008

Madrid, 24 de abril de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

Niveles

Salario base día

Plus convenio día

Plus distancia día

Plus transporte mes

Plus transporte día

Pagas y vacaciones, cada una día

XI: Listero, peón especializado.

23,35

13,45

3,95

22,59

0,92

1.264,22»

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.