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Resolución de 24 de abril de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta del acuerdo relativo a la revisión salarial para el año 2018 del Convenio colectivo de la Compañía de Distribución Integral Logista, SAU.

BOE-A-2018-6271·10 de mayo de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Dirección General de Empleo que registra y publica el acta del acuerdo sobre la revisión salarial para 2018 del Convenio colectivo de la Compañía de Distribución Integral Logista, SAU. Afecta a los trabajadores de Logista, SAU representados por las secciones sindicales de UGT, CC. OO. y CSIF. Se acuerda un incremento salarial consolidado del 1,6% con carácter retroactivo al 1 de enero de 2018 sobre la tabla salarial, excluyendo antigüedad, plus de residencia y gratificación por manejo de fondos.

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo relativo a la revisión salarial para el año 2018 del Convenio colectivo de la Compañía de Distribución Integral Logista, SAU, (código de Convenio: 90014192012002) que fue suscrita, con fecha 11 de abril de 2018, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra, por las secciones sindicales de UGT, CC. OO. y CSIF en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de abril de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE ACUERDO POR INCREMENTO SALARIAL 2018 CONVENIO COLECTIVO DE LOGISTA, SAU

Representación de Logista, SAU:

Doña Eva Imbernón Charpentier.

Don Norberto F. Jiménez Ramírez.

Don Javier Amor Sánchez de Ron.

Representación sindical:

Don Pascual Richart Castaño (UGT).

Don Jesús Verdejo Serrano (UGT).

Don Jesús Rodríguez Sáez (UGT).

Doña Almudena Salido Dueñas (UGT).

Doña Alina Rojas Hidalgo (CC. OO.).

Don Iván Muñoz Morante (CC. OO.).

Don Antonio Jiménez Lorente (CSIF).

Delegados sindicales estatales:

Don Santos Ojeda Manzano (UGT).

Don Eloy Garro Delgado (CC. OO.).

Don Sergio Esteban Rodríguez (CSIF).

En Leganés, siendo las 12:10 horas del día 11 de abril de 2018, se reúnen en el domicilio social de Logista, SAU, calle Trigo, núimero 39 (polígono industrial Polvoranca), las personas relacionadas anteriormente, miembros de la Comisión de Negociación del Convenio Colectivo de Logista, SAU, y de la representación de la Empresa.

La presente reunión tiene por objeto finalizar el proceso de negociación del Incremento Salarial 2018 del Convenio Colectivo de Logista, SAU, que ha sido objeto de negociación por parte de esta Comisión los días 6, 7, 14, 15, 20 y 27 de febrero, y 14, 15 y 20 de marzo de 2018, fecha en la que fue suscrito Preacuerdo que ha sido ratificado por las secciones sindicales de cada uno de las organizaciones sindicales y por la Dirección de la Empresa, motivo por el que todas las partes están en disposición de suscribir el presente

ACUERDO

Con efectos retroactivos a 1 de enero de 2018, incremento consolidado del 1,6% sobre los conceptos de la tabla salarial (anexo número 1 del Convenio Colectivo), salvo los conceptos de antigüedad, plus de residencia y gratificación por manejo de fondos.

La empresa actualizará la tabla salarial en el recibo de salario del mes de abril, mientras que los «atrasos de Convenio colectivo» se abonarán en el recibo de salario del mes de mayo de 2018.

Se adjunta tabla salarial para el año 2018:

1. Salario base 2018

2. Complementos personales

2.1 Complemento de transposición 3: 2.086,30 euros/año.

2.2 Complemento de transposición 4:

Grupo Mandos, Técnico y Administración:

Grupo Operaciones:

2.3 Aumentos periódicos por años de servicio:

3. Complemento de puesto de trabajo

3.1 Gratificación por razón de jornada.

4. Complemento por promoción artículo 18 Convenio

5. Plus de penosidad

Contratos en prácticas

Gratificación por manejo de fondos

Dietas por comisión de servicio

La cantidad a percibir por kilómetro recorrido con vehículo propio queda establecida en 0,25 euros.

Siendo las 12:20 horas, se da por finalizada la reunión, redactándose la presente acta en el lugar y fechas indicados.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.