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Resolución de 24 de noviembre de 2009, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso administrativo 2/459/2009, interpuesto ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, sección sexta y se emplaza a los interesados en el mismo.

BOE-A-2009-19424·3 de diciembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica del Ministerio de la Presidencia de España. Su objeto principal es doble: primero, ordenar la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo número 2/459/2009 al Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, sección sexta; y segundo, emplazar a los interesados en dicho recurso a personarse ante el Tribunal. El recurso contencioso-administrativo fue interpuesto por la Federación de Sindicatos de la Administración Pública contra el Real Decreto 1222/2009, de 17 de julio, que regula la concesión directa de subvenciones para actividades complementarias relacionadas con la gestión de la formación continua en las Administraciones Públicas. Esta resolución afecta directamente a la Federación de Sindicatos de la Administración Pública, como parte recurrente, y a todas aquellas personas físicas o jurídicas que se hayan beneficiado o puedan beneficiarse del Real Decreto 1222/2009, o que tengan un interés directo en su validez. Las disposiciones más relevantes son: La orden de remisión del expediente administrativo al Tribunal Supremo, cumpliendo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El emplazamiento, conforme al artículo 49 de la misma ley, a los interesados para que comparezcan ante el Tribunal Supremo en un plazo de nueve días a partir de la notificación o publicación de la resolución. Este emplazamiento es crucial para garantizar el derecho a la defensa y la participación en el proceso judicial de aquellos que puedan verse afectados por la decisión final del Tribunal. En resumen, la resolución es un trámite procesal necesario para el desarrollo del recurso contencioso-administrativo, asegurando que el Tribunal Supremo tenga toda la información necesaria y que los interesados tengan la oportunidad de defender sus derechos.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso- Administrativo, sección sexta, se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por la Federación de Sindicatos de la Administración Pública, contra el Real Decreto 1222/2009, de 17 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la realización de actividades complementarias relativas a la gestión de la formación continua en las Administraciones Públicas.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

Madrid, 24 de noviembre de 2009.–El Secretario General Técnico del Ministerio de la Presidencia, Fernando Flores Giménez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.