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Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2021-15535·25 de septiembre de 2021·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 24 de septiembre de 2021 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los nuevos precios de venta al público (PVP) de diversas labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio en España. La resolución afecta directamente a: Fabricantes e importadores de tabaco, ya que los precios publicados son los que ellos han propuesto. Expendedurías de Tabaco y Timbre, que deben vender los productos a los precios fijados. Consumidores de tabaco, que verán modificados los precios de los productos que adquieren. Las disposiciones más relevantes son: Fijación de precios para Península e Islas Baleares: Se detallan los nuevos PVP, incluyendo todos los impuestos, para diferentes categorías de productos de tabaco como tabaco de aspirar, cigarrillos, cigarros y cigarritos, picaduras de liar y picaduras de pipa. Fijación de precios para Ceuta y Melilla: Se establecen los PVP específicos para estas ciudades autónomas, aunque solo para tabaco de aspirar y picaduras de pipa. Entrada en vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En resumen, la resolución actualiza los precios del tabaco en España, diferenciando entre la Península e Islas Baleares y las ciudades de Ceuta y Melilla, y obliga a expendedurías y fabricantes a ajustarse a estos nuevos precios. La publicación en el BOE marca el inicio de su aplicación.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

A) TABACO DE ASPIRAR

B) CIGARRILLOS

C) CIGARROS Y CIGARRITOS

D) PICADURAS DE LIAR

E) PICADURAS DE PIPA

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

A) TABACO DE ASPIRAR

B) PICADURAS DE PIPA

Tercero.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de septiembre de 2021.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.