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Resolución de 25 de febrero de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las tablas salariales correspondientes a los años 2004 y 2005, del Convenio colectivo de la empresa Aldeasa, S.A.

BOE-A-2005-4380·16 de marzo de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que aprueba y ordena la publicación de las tablas salariales correspondientes a los años 2004 y 2005 del Convenio Colectivo de la empresa Aldeasa, S.A. Objeto principal: El objeto principal es dar validez legal y publicidad a las tablas salariales acordadas entre la dirección de Aldeasa, S.A. y los representantes de los trabajadores a través de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo. Esto implica la inscripción de las tablas en el registro correspondiente y su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A quién afecta: La resolución afecta principalmente a: Aldeasa, S.A.: La empresa está obligada a aplicar las tablas salariales aprobadas. Los trabajadores de Aldeasa, S.A.: Sus salarios y otros conceptos retributivos se regirán por las tablas publicadas. La Dirección General de Trabajo: Responsable de la supervisión y aprobación de los convenios colectivos. Disposiciones más relevantes: Aprobación de las tablas salariales: Se aprueban las tablas salariales para los años 2004 y 2005, que incluyen los salarios base anuales y mensuales para diferentes grupos profesionales (II, III, IV-IVB, V-VB). Incrementos salariales: Se especifican los incrementos salariales aplicados para cada año: IPC (3,2%) + 0,5% para 2004 y IPC (2%) + 1% para 2005. Otros conceptos retributivos: Se detallan otros conceptos como ayuda familiar, becas de estudio, premio de natalidad, premio de matrimonio y dietas por kilometraje. Dietas: Se establecen las cantidades correspondientes a las dietas completas y medias dietas, tanto en España como en el extranjero, diferenciadas por grupos profesionales. Orden de inscripción y publicación: Se ordena la inscripción de las tablas salariales en el registro correspondiente y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que les otorga carácter oficial y obligatorio.

Visto el texto de las tablas salariales correspondientes a los años 2004 y 2005 del Convenio Colectivo de la empresa Aldeasa, S.A., (Código de Convenio n.º 9000252), que fue suscrito con fecha 28 de enero de 2005 por la Comisión Paritaria del Convenio en la que están integrados, de una parte los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y de otra por los designados por los Comités de empresa en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 25 de febrero de 2005.-El Director General de Trabajo, Esteban Rodríguez Vera.

ALDEASA, S. A.

Tablas Salariales 2004. IPC (3,2 %) + 0,5%

Otros conceptos:

Ayuda familiar: 30,84 euros.

Becas de estudio: 244,79 euros. Premio natalidad: 192,77 euros. Premio matrimonio: 192,77 euros. Dietas:

Kilometraje: 0,15 Euros /Km.

Tablas Salariales 2005. IPC (2%) + 1%

Otros conceptos:

Ayuda familiar: 31,77 euros.

Becas de estudio: 252,13 euros. Premio natalidad: 198,55 euros Premio matrimonio: 198,55 euros. Dietas:

Kilometraje: 0,15 Euros /Km.

Grupo profesional

Euros

-

año

Euros

_

mes

II

20.098,56

1.256,16

III

16.749,60

1.046,85

IV-IVB

13.089,44

818,09

V-VB

11.686,88

730,43

Grupo

España

Extranjero

Dieta completa

-

Euros

Media dieta

-

Euros

Dieta completa

-

Euros

Media dieta

-

Euros

II

38,30

22,97

67,18

40,59

III, IV, V

28,72

17,25

58,78

35,09

Grupo profesional

Euros

-

año

Euros

-

mes

II

20.701,44

1.293,84

III

17.252,16

1.078,26

IV-IVB

13.482,08

842,63

V-VB

12.037,44

752,34

Grupo

España

Extranjero

Dieta completa

-

Euros

Media dieta

-

Euros

Dieta completa

-

Euros

Media dieta

-

Euros

II

39,45

23,66

69,20

41,81

III, IV, V

29,58

17,77

60,54

36,14

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.