Visto el texto del acta de fecha 7 de febrero de 2013 donde se recogen los acuerdos referentes a las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2012 y las provisionales para el año 2013 del Convenio colectivo estatal de la industria de elaboradores del arroz (código de Convenio n.º 99000335011981) que fue suscrito por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte la Asociación empresarial PYMEV-UNIADE en representación de las empresas del sector y las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 25 de febrero de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
ACTA REVISIÓN CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LA INDUSTRIA DEL ARROZ
Asistentes:
PYMEV-UNIADE:
Don Moisés Tornadijo.
Don Pablo Albendea.
Doña Lucía García.
CC.OO.:
Don José Vte. Canet.
UGT:
Don Sebastián Serena.
En Valencia en los locales de PYMEV siendo las 12:00 horas del 7 de febrero de 2013, tiene lugar la reunión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la Industria de Elaboradores del Arroz, con la asistencia de las personas al margen relacionadas, para proceder a efectuar la revisión económica para 2012 y la confección de las tablas salariales para 2013 de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del convenio vigente.
En tal sentido, la Comisión Paritaria acuerda regularizar las tablas salariales de 2012 aplicando un incremento del 3,25% (2,9+0,35) sobre las tablas de 2011 definitivas, dando estas como resultado las tablas salariales definitivas de 2012 a todos los efectos. Sobre estas tablas resultantes, se aplicará el incremento salarial para el año 2013 que es de un 1,9% (1,5+0,40), dando como resultado la tabla salarial provisional de dicho año y hasta su regularización con el IPC real de 2013.
Se adjuntan Tablas Salariales definitivas correspondientes a 2012 (anexo I) y Tablas Salariales provisionales de 2013 (anexo II) para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Se faculta a Lucía García Rodríguez con DNI número 52657473P para que realice las gestiones necesarias para la inscripción del presente acuerdo.
Se levanta la sesión siendo las 13:00 horas, firmando en prueba de conformidad un representante de cada Organización.–UNIADE.–CC.OO.–UGT.
ANEXO I
Tabla salarial 2012 (definitiva)
(3,25% sobre tablas salariales de 2011 definitivas)
Plus Convenio: 6,08 euros por día trabajado.
Plus Transporte: 3,05 euros por día trabajado.
Dietas:
Completa: 8,35 euros.
Media: 4,18 euros.
Plus cuarto turno: 73,39 euros/semanales.
Jubilación voluntaria:
60 años: 4.376,47 euros.
61 años: 3.938,83 euros.
62 años: 3.501,19 euros.
63 años: 3.063,53 euros.
64 años: 2.387,24 euros.
ANEXO II
Tabla salarial 2013 (provisional)
(1,9% sobre tablas salariales de 2012 definitivas)
Plus Convenio: 6,20 euros por día trabajado.
Plus Transporte: 3,11 euros por día trabajado.
Dietas:
Completa: 8,50 euros.
Media: 4,26 euros.
Plus cuarto turno: 74,79 euros/semanales.
Jubilación voluntaria:
60 años: 4.459,63 euros.
61 años: 4.013,67 euros.
62 años: 3.567,72 euros.
63 años: 3.121,74 euros.
64 años: 2.432,60 euros.
Categorías
Salario
–
Euros
Personal Técnico:
Jefe de Sección
1.033,54
Oficial 1.ª
974,02
Oficial 2.ª
943,40
Telefonista
943,40
Auxiliar Administrativo
897,50
Personal de Producción:
Molero y Oficial 1.ª
32,48
Encargado
31,46
Conductor y Maquinista
30,62
Ayudante de Molero
30,27
Oficial Especialista
29,91
Oficial Esp. Carretillero
30,27
Peón Especialista
29,68
Peón
26,95
Personal Subalterno:
Portero
879,99
Vigilante
879,99
Vigilante Jurado
897,50
Ordenanza y Pers. Limp.
840,74
Personal de Oficios Varios:
Oficial 1.ª
32,48
Oficial 2.ª
30,27
Oficial 3.ª
29,91
Categorías
Salario
–
Euros
Personal Técnico:
Jefe de Sección
1.053,18
Oficial 1.ª
992,53
Oficial 2.ª
961,32
Telefonista
961,32
Auxiliar Administrativo
914,55
Personal de Producción:
Molero y Oficial 1.ª
33,10
Encargado
32,06
Conductor y Maquinista
31,20
Ayudante de Molero
30,85
Oficial Especialista
30,48
Oficial Esp. Carretillero
30,85
Peón Especialista
30,25
Peón
27,46
Personal Subalterno:
Portero
896,71
Vigilante
896,71
Vigilante Jurado
914,55
Ordenanza y Pers. Limp.
856,71
Personal de Oficios Varios:
Oficial 1.ª
33,10
Oficial 2.ª
30,85
Oficial 3.ª
30,48