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Resolución de 25 de noviembre de 2009, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los interesados en el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona nº 2/2009, promovido por Convergencia Estatal de Médicos y Ayudantes Técnicos Sanitarios, por vulneración del derecho de libertad sindical recogido en la Constitución.

BOE-A-2009-19745·7 de diciembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Sanidad y Política Social de España, fechada el 25 de noviembre de 2009. Su objeto principal es emplazar (notificar públicamente) a terceros interesados en el procedimiento judicial especial nº 2/2009, que se está tramitando ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. El procedimiento judicial fue promovido por la organización sindical Convergencia Estatal de Médicos y Ayudantes Técnicos Sanitarios (CEMSATSE). CEMSATSE alega una vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical, reconocido en la Constitución Española. Esta vulneración se basa en la supuesta inactividad del Ministerio de Sanidad y Política Social, específicamente la omisión de su obligación de convocar el ámbito de negociación previsto en el artículo 11.4 de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. La resolución afecta a todas aquellas personas físicas o jurídicas que tengan un interés legítimo en que se mantenga la situación actual, es decir, que se opongan a la pretensión de CEMSATSE de obligar al Ministerio a convocar la mesa de negociación. Estas personas o entidades son invitadas a comparecer y personarse como codemandadas en el procedimiento judicial. La disposición más relevante es el plazo de cinco días, contados a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para que los interesados se personen en el procedimiento como codemandados, siguiendo los trámites establecidos en la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La resolución busca garantizar el derecho de defensa y la participación de todos los afectados por el litigio.

2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-administrativo, se participa que ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional se tramita el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona núm. 4 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. Lo que se hace público a efectos de la notificación prevista en el mencionado precepto de la citada Ley Jurisdiccional, a fin de que todas aquellas personas físicas y jurídicas que tengan un interés legítimo en el mantenimiento del acto impugnado puedan comparecer y personarse, como codemandadas, en el expresado procedimiento, en el plazo de cinco días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en la forma establecida en la repetida Ley.

–El Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad y Política Social, Luis Pedro Villameriel Presencio.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.